México

Hacen adecuaciones a ocho leyes para concretar reforma penal

Se espera que éstas entren en vigor el 1 de enero de 2009, con lo que se da el primer paso para aplicar los cambios constitucionales promovidos por la administración del Presidente Felipe Calderón

MÉXICO, DF.- La reforma penal, que tiene como propósito dar herramientas jurídicas a jueces y Ministerio Público para combatir con mayor eficacia la criminalidad, se consolida a partir de las modificaciones a la llamada "miscelánea penal", con la que se adecuan ocho leyes secundarias.  

Se espera que éstas entren en vigor el 1 de enero de 2009, con lo que se da el primer paso para aplicar los cambios constitucionales promovidos por la administración del Presidente Felipe Calderón, para hacer frente a los altos índices de violencia y criminalidad. 

Se trata de leyes que modifican procedimientos, incrementan penas, otorgan nuevas atribuciones a las policías y a las instituciones de seguridad y procuración de justicia, definen nuevos delitos, fomentan la participación ciudadana y sancionan con mayor energía a los malos servidores públicos.  

El senador panista Jorge González Alcocer consideró que se logran avances importantes que otorgan herramientas jurídicas a las instituciones para combatir de manera eficaz a las bandas del crimen organizado.  

Tanto el perredista Tomás Torres como el priista Pedro Joaquín Coldwell coincidieron que estas leyes deberán ser modificadas en breve porque la reforma requiere de mayores adecuaciones.  

Aunque consideraron que no se podría avanzar más, debido a que la propuesta del Ejecutivo buscaba generar un Estado policiaco con atribuciones que podrían generar una corporación incontrolable.  

Las leyes que sufrieron cambios son el Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, Ley que establece las Normas Mínimas Sobre Readaptación Social de Sentenciados y el Código Penal Federal.

También fueron reformadas la Ley de la Policía Federal Preventiva, Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, la Ley Federal de las Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.  

De esta manera se da forma a lo que se ha considerado por expertos y legisladores como la reforma al sistema penal más importante, desde que se creó la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos en 1917. 

Los legisladores consideraron que algunas leyes, como el caso del Código Federal de Procedimientos Penales, deberá ser sustituido por completo, pues las reformas obligan al paso del sistema penal de los juicios inquisitorios y escritos, a los juicios acusatorios y orales, lo que significa un giro total a los procedimientos penales.  

Entre las nuevas medidas cautelares aprobadas destaca el arraigo, que se elevó a rango constitucional y que ahora reglamenta que éste debe ser de 40 días y con una posible ampliación por 40 días más que debe ordenar una autoridad judicial.
 
Otra de las medidas cautelares es que el Ministerio Público podrá solicitar a un juez de control el ingreso o el cateo a un domicilio, y éste deberá resolverlo en menos de 24 horas.  

De acuerdo con la reforma constitucional, la cárcel preventiva será solo para delincuentes peligrosos, y por ello, los que estén procesados en libertad contarán con permisos para salir de un perímetro determinado, colocándoles un brazalete o un chip de ubicación personal.  

De esta manera se sustituye la presunción de responsable por la presunción de inocencia, y hasta que no se compruebe lo contrario, el detenido o procesado es inocente.  

La reforma crea la figura del arresto ciudadano, por lo que ahora cualquier persona podrá detener en flagrancia a un delincuente, así como remitirlo ante la autoridad ministerial, para después testificar contra el indiciado.  

También se le retira al Ministerio Público el monopolio de la acción penal, pues ahora un particular podrá ejercitar esa acción contra otra persona en caso de que se trate de un bien particular, sin la intervención del Ministerio Público.  

Para ello, deberá contratar a un abogado que lleve el caso directamente ante el juez. 

Las reformas promovidas en la miscelánea penal consideran nuevas técnicas de investigación, pero siempre deberán ser autorizadas por un juez de control, como son las intervenciones en conversaciones telefónicas. 

Entre las nuevas formas de investigación, también destaca la creación de la figura del policía encubierto o infiltrado, el cual podrá incorporarse a una banda criminal para investigarla y hacerse de los elementos necesarios para su desarticulación y captura.  

En esta modalidad de investigación, el policía infiltrado deberá contar con una clave especial que solamente él y los titulares de la Procuraduría General de la República (PGR) y de la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) federal conozcan.

Para evitar que existan situaciones de impunidad, las reformas consideran nuevos tipos penales o redefine los delitos para que el juez cuente con elementos para el procesamiento de los delincuentes.  

Se define a la delincuencia organizada cuando tres o más personas acuerden la comisión de un delito. Se incluyen los tipos penales "turismo sexual contra menores de edad", así como el "lenocinio de menores de edad", y la "pornografía y corrupción de infantes".  

También se crea y define el tipo de "robo calificado", cuando el ilícito se realice en establecimientos comerciales, y se crean los delitos en materia de comunicaciones. 

Respecto de las pruebas y testimonios, las reformas a la miscelánea penal consideran válida la grabación de conversaciones telefónicas, siempre que una de las partes en conflicto sea quien la obtenga.  

Además el Ministerio Público podrá recibir informes anónimos, pero deberán ser corroborados por los investigadores para usar las evidencias como prueba válida.

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