Jalisco

Aprueban dictamen que protegerá a no fumadores

Avanza la adecuación de la Ley antitabaco aprobada hace unas semanas por la Cámara de Diputados y Senadores.

GUADALAJARA, JALISCO.- Los diputados de la comisión de Higiene y Salud Pública del Congreso del estado aprobaron hoy el dictamen de la iniciativa de Ley para la Protección de la Salud de los No Fumadores en la entidad.  
 
El legislador Juan Carlos Márquez Rosas manifestó que se dieron a la tarea de recopilar propuestas y comentarios para enriquecer el proyecto.  
 
Señaló que realizaron varias reuniones con el representante de la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera (Canirac), Marco Aurelio Rodríguez, y analizaron los modelos implementados en otros estados y el Distrito Federal, referentes a este tema.  
 
Resaltó que entre las diversas propuestas que contiene dicha ley destaca la prohibición de fumar en los edificios públicos que ocupan los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como el de las autoridades municipales, órganos autónomos y del sector paraestatal.  
 
Asimismo, bibliotecas y hemerotecas públicas, cines, teatros museos, entre otros, y en aquellas partes en donde se tenga acceso el público en general, a menos que se encuentre en las secciones acondicionadas específicamente para los fumadores.  
 
Indicó que no está permitido fumar en los centros de salud y hospitales de los sectores públicos y privado, en tiendas de autoservicio y de conveniencia, y en centros comerciales o de servicios.  
 
Además de los vehículos de transporte públicos y escolares, elevadores públicos y privados, secciones de no fumar en los establecimientos y cualquier lugar al que tenga acceso el público en general con un espacio menor a cien metros cuadrados.  
 
La vigilancia para que esta ley se cumpla recaerá en el Poder Ejecutivo a través de las secretarías de Salud, de Vialidad y Transporte, el Organismo Coordinador de la Operación Integral del Servicio de Transporte Público y las instancias administrativas correspondientes en sus respectivos ámbitos de competencia.  
 
En lo que respecta a los municipios, éstos harán cumplir el ordenamiento por conducto de las dependencias y entidades municipales competentes en los términos que establece dicha legislación.  
 
Sobre la exhibición y exposición de publicidad del tabaco en Jalisco, deberá sujetarse a lo estipulado en las disposiciones de carácter general que al respecto expidan las autoridades competentes.  
 
Mientras que los dueños de vehículos de transporte público y escolar estarán obligados a fijar en el interior y exterior de los mismos letreros o emblemas que indiquen la prohibición de fumar.  
 
Respecto a los establecimientos comerciales, las secciones de los no fumadores deberán tener extractores o purificadores, así como con los mecanismos necesarios de ventilación, estructuras adecuadas y dispositivos de dispersión de partículas.  
 
Las secciones para fumadores y no fumadores en los establecimientos comerciales deberán disponer de comodidades similares, colocar letreros y logotipos para ser identificadas con facilidad y tendrán que instalar una división física que haga evidente la separación.  
 
Entre las sanciones a que se harán acreedores los que violen esta reglamentación destaca la multa de 10 a 20 salarios mínimos vigentes en Jalisco para quien fume en áreas cerradas.  
 
Con una multa de 30 a 50 salarios mínimos a aquellos empleados o conductores que permitan fumar en los automotores, y de 30 a 100 para las personas que consuman tabaco en establecimientos y secciones restringidas.  
 
Sí se hace caso omiso, el propietario se expone a la clausura del establecimiento por haber incurrido en una falta y reabre el lugar.  
 
En caso de que el infractor fuera de oficio jornalero, obrero o trabajador, la multa no excederá al equivalente a un día de salario mínimo a la zona que corresponda.  
 
La Comisión de Higiene y Salud Pública enviará en breve este proyecto de dictamen a la Comisión de Puntos Constitucionales, Estudios Legislativos y Reglamentos para su análisis y observaciones al respecto, para presentarlo al pleno del Congreso a primera lectura.  
NTX/ 16-04-2008 JRMB
 
 
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