Sábado, 30 de Noviembre 2024
México | Reforman artículo 362 del Código Penal

Reducen penas para infractores de la paz pública

Reforman artículo 362 del Código Penal

Por: SUN

Permitirán que las personas detenidas el 1 de diciembre salgan en libertad bajo fianza. ARCHIVO  /

Permitirán que las personas detenidas el 1 de diciembre salgan en libertad bajo fianza. ARCHIVO /

CIUDAD DE MÉXICO (26/DIC/2012).- La Asamblea Legislativa del Distrito federal (ALDF) aprobó por mayoría la reforma al artículo 362 del Código Penal en materia de "ataques a la paz pública" que actualmente prevé de cinco y hasta 30 años de prisión, pero los diputados redujeron de dos y hasta siete años de cárcel.

La reforma permitirá que las 14 personas que fueron detenidas el 1 de diciembre puedan, una vez que se promulguen las enmiendas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, acogerse a este beneficio y salir en libertad bajo fianza.

La reforma fue apoyada con 49 votos en pro, cuatro en contra y tres abstenciones.

El dictamen fue presentado en la tribuna legislativa por el diputado Antonio Padierna, presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, y pese a los votos en abstención y en contra, la propuesta no ameritó debate alguno, por lo que pasó “fast track”.

En la sede de la ALDF permanecía reunida con diputados una comisión de familiares de los detenidos en el marco de las protestas del 1 de diciembre pasado.

La nueva redacción aprobada quedó así: "Se desimpondrán de dos a siete años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por 10 años, a los que mediante la utilización de sustancias tóxicas, por incendio, por inundación o violencia, realicen actos en contra de los bienes o servicios públicos que perturben la paz pública".

El dictamen consideró que "no es viable la derogación del artículo 362 del Código Penal, por lo que la iniciativa de reforma promovida por el propio Padierna optó por disminuir las sanciones.

Está justificada la permanencia del tipo penal "ataques a la paz pública" y suprimirla "conllevaría un retroceso en la legislación", pues la mera sanción administrativa no permitiría inhibir esas conductas, señaló el dictamen.

Tampoco debe mantenerse el rango de cinco a 30 años de prisión, pues la media aritmética supera los cinco años y por tanto no podrían acogerse, agregó.

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