Luego de que la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, solicitara a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) un informe sobre el hecho de que los ministros ganen más dinero que el Presidente, como lo prohíbe el artículo 127 constitucional, el máximo órgano de justicia dijo que no hay fundamento legal en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para que la Segob pueda requerir información a la Corte. Añadió que la propia Constitución señala que a los ministros y jueces no se les puede disminuir el sueldo durante su encargo. "El artículo 94 constitucional establece que la remuneración que perciban los Ministros de la Suprema Corte, los Magistrados de Circuito, los Jueces de Distrito y los Consejeros de la Judicatura Federal, así como los Magistrados Electorales, no podrá ser disminuida durante su encargo", indicó la Secretaría general de acuerdos. El artículo 123 de la Constitución Mexicana "establece el principio de que a trabajo igual debe corresponder salario igual". La Suprema Corte explicó que pueden ejercer su presupuesto con autonomía e independencia, otorgando las remuneraciones a sus integrantes bajo los principios de eficiencia, eficacia, economía transparencia y honradez, que también se encuentran establecidos en la Carta Magna. También aclaró que los preceptos invocados por Luisa María Alcalde no constituyen fundamento legal para que la Secretaría de Gobernación requiera información a la Corte. No obstante, por decisión colegiada se dio respuesta a la solicitud sobre las acciones emprendidas para dar cumplimiento al art. 127 constitucional.El 27 de junio, la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján envió una carta al Poder Judicial solicitando una aclaración sobre el sueldo de los ministros con relación al artículo 127 constitucional, el cual establece que ningún funcionario puede ganar más que el Presidente de la República, en este caso Andrés Manuel López Obrador.CR