Martes, 26 de Noviembre 2024

Defensa de Rosario Robles pide que juez Delgadillo Padierna deje el caso

Los litigantes Julio Hernández Barros y Epigmenio Mendieta acusaron a Delgadillo Padierna de estar legalmente impedido para seguir conociendo del caso, ya que su comportamiento en la última audiencia no fue "digno de la alta investidura que porta"

Por: SUN

El 13 de agosto el juez Delgadillo Padierna decretó en contra de Robles Berlanga, la medida cautelar de prisión preventiva justificada. NTX / ARCHIVO

El 13 de agosto el juez Delgadillo Padierna decretó en contra de Robles Berlanga, la medida cautelar de prisión preventiva justificada. NTX / ARCHIVO

Los abogados de la exsecretaria de Desarrollo Social, Rosario Robles Berlanga, presa en el penal de Santa Martha Acatitla, solicitaron este viernes al Consejo de la Judicatura Federal (CJF) que el juez de Control, Felipe de Jesús Delgadillo Padierna, deje el caso, al considerar que su actuación ha sido "imparcial, ilegal y con ánimo de animadversión" en perjuicio de su clienta.

Mediante un comunicado, los litigantes Julio Hernández Barros y Epigmenio Mendieta acusaron a Delgadillo Padierna, sobrino de la diputada federal Dolores Padierna, de estar legalmente impedido para seguir conociendo del caso, ya que su comportamiento en la última audiencia, en la que ratificó la prisión preventiva justificada contra Robles Berlanga, no fue "digno de la alta investidura que porta, ni acorde con los parámetros constitucionales convencionales y legales que rigen la actuación judicial".

Recordaron que el 13 de agosto de 2019, concluyó la audiencia inicial relativa a la causa penal 314/2019, en la que, entre otras determinaciones jurisdiccionales, el juez Delgadillo Padierna decretó en contra de Robles Berlanga, la medida cautelar de prisión preventiva justificada.

Inconformes con el sentido de dicha resolución, interpusieron en tiempo y forma el recurso ordinario de apelación, cuyo conocimiento recayó en el Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, habilitado como Tribunal de Apelación en el sistema de justicia penal acusatorio.

"Con fecha 21 de octubre de este año, el citado órgano jurisdiccional de Alzada ordenó la reposición de la continuación de la audiencia inicial, únicamente en la parte conducente a la fijación de la medida cautelar", expusieron.

Indicaron que la audiencia se llevó a cabo el 23 de octubre y pese a los ordenamientos del magistrado Ricardo Paredes Calderón, Delgadillo Padierna determinó, a su consideración, de manera incorrecta reiterar la medida cautelar excepcional de prisión preventiva.

Lo anterior, al argumentar que "durante el desarrollo de dicha audiencia de reposición, el comportamiento evidenciado por Delgadillo Padierna hacia la imputada (quien preserva su estatus de inocente durante todas las fases procesales), no ha sido digno de la alta investidura que porta, ni acorde con los parámetros constitucionales convencionales y legales que rigen la actuación judicial; en razón de que durante el desarrollo de esa breve audiencia –al igual que en las anteriores- ha evidenciado un comportamiento agresivo, grosero y parcial en contra de la imputada y su equipo de letrados".

Señalaron que "lo anterior es contrario a los deberes de imparcialidad y objetividad que deben regir el comportamiento de toda autoridad judicial. Se estima además que éstos, solo evidencian la animadversión y encono que ha desarrollado en contra de la parte procesal que representamos".

El equipo de abogados de Rosario Robles afirmó que, dado el comportamiento de Delgadillo Padierna, "está legalmente impedido" para "seguir conociendo de la tramitación de la causa penal 314/2019, en términos de los artículos 36 y 37, fracción VII, del Código Nacional de Procedimientos Penales".

Y es que "ha quedado jurídicamente evidenciado -además de ser ya un hecho del dominio público- su comportamiento dentro las audiencias desahogadas hasta ahora, con mayor énfasis en la audiencia de reposición a que hemos hecho referencia". Lo que "denota una total pérdida de la imparcialidad, objetividad y respeto con los que debía actuar como órgano rector del proceso y garante de la legalidad en el mismo".

LS

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