El mes más patrio del año ya comenzó, y por supuesto muchos mexicanos han comenzado a prepararse para dar el Grito de Independencia, mientras que otros incluso ya planean cómo pasar el 16 de septiembre, día feriado de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT). No obstante, otro porcentaje importante de la población sí deberá de presentarse en sus centros de trabajo. La gran pregunta es ¿se debe de pagar doble o triple este día feriado si lo trabajo? Aquí te compartimos la información que necesitas saber al respecto.Tomando en cuenta este caso, el 16 de septiembre sí es considerado en México como un día feriado por la Ley Federal del Trabajo (LFT), por lo que es más que normal que los trabajadores, ya sea del sector formal o no, se pregunten si deben de recibir una paga doble o triple por realizar actividades laborales este día.De acuerdo con lo especificado por la Ley Federal del Trabajo (LFT), más concretamente en el artículo 75, los trabajadores del sector formal mexicano que trabajen este próximo lunes 16 de septiembre deberán recibir un salario doble a su sueldo base por su jornada laboral:"Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado", se puede leer en el artículo de la Ley Federal del Trabajo (LFT) ya antes referido.Según lo descrito por la LFT, esto quiere decir que todas las personas trabajadoras del sector formal mexicano que labores este 16 de septiembre (Día de la Independencia de México) deberán de recibir, además de su salario diario, dos veces este; en otras palabras, un pago triple. Por ejemplo si ganan $400 mxn por día, esa el ese día feriado ganarían se llevarían $1,200 mxn.Es importante señalar que los trabajadores del sector formal mexicano no se encuentran obligados de ninguna manera a laborar el 16 de septiembre ni tampoco los días feriados establecidos en las leyes mexicanas.De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los días feriados que son de descanso obligatorio en nuestro país son los siguientes:* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * *MS