Jueves, 17 de Octubre 2024

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Bodas gay en Jalisco

Por: Jaime Barrera

Bodas gay en Jalisco

Bodas gay en Jalisco

Con seis años de retraso, pero finalmente las y los diputados de la actual Legislatura hicieron lo que estuvieron obligados a hacer sus antecesores de hace dos legislaturas y que incumplieron impunemente: acatar el fallo unánime de las y los 11 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) del 26 de enero del 2016 cuando declararon inconstitucional, por discriminatorio, el artículo 260 del Código Civil del Estado de Jalisco que señalaba que un matrimonio solo podía darse entre un hombre y una mujer.

En todo ese tiempo de renuencia a cumplir su deber quedó claro que la mayoría de las y los políticos rehúyen el debate de este tipo de temas, incluso aquellos que se dicen de izquierda. En los partidos políticos pesan mucho los sectores que consideran que este tipo de causas no son muy rentables políticamente, menos en un estado mayoritariamente católico y eso lo vimos antes del fallo de la Corte en 2016, cuando el entonces diputado perredista Enrique Velázquez propuso la Ley de Libre Convivencia que nunca pasó.

Ahora como diputado del partido Hagamos, le tocó a Velázquez ver cumplido ese propósito cuando la madrugada del viernes pasado con 26 votos a favor, 8 en contra y tres abstenciones, en el pleno del Congreso del Estado se reformó el Código Civil para dejar estipulado que el matrimonio es la unión de dos personas sin importar el género. Otra buena noticia es que también se reformó el Código Penal para establecer multas a quien obligue a otra persona a someterse a las llamadas “terapias de reconversión sexual”, que son altamente violatorias de los derechos humanos e incluso de la integridad física de los que caen en esos arbitrarios métodos.

Jalisco se convirtió así en la entidad número 27 del país en reconocer las bodas civiles entre personas del mismo sexo.

Pese a las muy respetables resistencias de ciudadanos y organizaciones que han manifestado su repudio a esta decisión, las y los diputados locales sólo cumplieron con la mandatado por la Corte, que sin duda, amplía libertades y contribuye así a la consolidación democrática del país al preservar el derecho de las minorías a la igualdad que se establece en el artículo 1ro de la Constitución.

Se abona también al derecho a la autodeterminación y el libre desarrollo de la personalidad de cada individuo.
Por eso las y los diputados que aprobaron el matrimonio igualitario preservaron el principio de que los derechos humanos de las minorías no pueden someterse a votación, que fue el espíritu que defendió el Estado a través de la Corte. Porque aquí no aplica lo que digan las mayorías, ya que son libertades que deben ser tuteladas por la autoridad desde un punto de vista laico. Si desde el punto de vista religioso algunos credos, por más mayoritarios que sean, no permiten matrimonios del mismo sexo que no los compartan ni los celebren, pero tampoco pueden exigir que no sean incluidos como derechos de terceros.

Enhorabuena, pues, por este nuevo paso hacia una sociedad más plural y tolerante.

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