Muchas empresas en fin de año suelen hacer una posada, donde los empleados pueden convivir y realizar distintas actividades, si no estas seguro de que sea legal que te soliciten parte de tu sueldo para realizarla o que tu asistencia sea obligatoria, aquí te dejamos lo que dice la Ley Federal del Trabajo (Lft)La Lft no menciona en ningún punto la realización de las posadas, pero en el articulo 68 menciona que “los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor del permitido de este capítulo”, por lo que si la posada es fuera de tu horario laboral no tendría que ser obligatorio.Por otro lado, si esta celebración se realiza en tu horario no debería haber un problema, pero en la Lft no menciona nada sobre esta actividad, por lo que no debería ser obligatoria la asistencia.Tu eres la única persona que puede disponer de tu sueldo, el articulo 98 de la Lft señala que “trabajadores dispondrán libremente de sus salarios. Cualquier disposición o medida que desvirtúe este derecho será nula", por lo que no te pueden solicitar ningún tipo de cooperación obligatoria, los únicos descuentos que pueden ser dispuestos de tu salario y que menciona la Lft son los siguientes: * * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * *HS