Mayo está a la vuelta de la esquina y con él llega un ingreso adicional para ciertos empleados, cuando reciben su pago de utilidades.Es importante tener en cuenta que la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es un derecho establecido por la constitución, que implica recibir una porción de las ganancias generadas por la empresa o empleador para quien trabajan.Según la Secretaría de Trabajo de la Ciudad de México, las empresas deben comenzar a distribuir las utilidades entre el primer día laborable de abril y el último día de mayo. Sin embargo, para los individuos, este período va desde el primer día laborable de mayo hasta el último día laborable de junio.Están exentos de este pago los trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros, que reciban su pago a través de honorarios, o presten sus servicios sin que exista una relación de trabajo subordinado con el patrón.Asimismo, estarán libres de este reparto las empresas de nueva creación durante su primer año de operación, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.Este pago se aplicará a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas con utilidades netas de 300 mil pesos o más y que tengan más de un año de funcionamiento. YC