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La iniciativa de la nueva mica

El sinuoso camino de los alcances de una iniciativa que ha alimentado el rechazo mediático

El impacto mediático de la iniciativa de ley presentada por el Diputado Ángel García Yáñez, para reformar la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones se debe por una parte a su contenido, por la otra, a la legitimidad de quién propuso tal iniciativa.

Por lo que respecta al contenido de la iniciativa a la que me referiré como la “iniciativa de caducidad de las cédulas o de la nueva mica”, pretende cuatro efectos: en primer lugar, que la Cédula Profesional se renueve cada seis años; en segundo término, que se integre un padrón de todos los profesionistas titulados y certificados el cual podría consultarse por medios electrónicos y deberá renovarse anualmente; en tercer término, que para acreditar la certificación, los interesados deberán presentar una evaluación teórico-práctica en la materia que pretendan certificarse, pudiendo presentarla en la institución educativa que el interesado decida.  Por último, el impedimento para ejercer la carrera a quiénes no se certifiquen.

El rechazo mediático de los usuarios de redes sociales parece muy razonable.  Si se analiza con detalle el texto de la iniciativa, los argumentos que presentó el diputado no son suficientemente fuertes incluso para convencer a quiénes estamos a favor de nuevos mecanismos que contribuyan a la mejor prestación de servicios profesionales y no descartamos que entre esos mecanismos se contemple la certificación profesional. Mi rechazo al contenido de tal iniciativa se fundamenta entre otras razones en las siguientes:

1) Poca claridad de los alcances de la iniciativa. No se explica a detalle el proceso de certificación. Tan sólo de imaginar que en todas las carreras hubiese la necesidad de hacer exámenes teórico-prácticos cada seis años, resulta el asunto poco viable. ¿Quién va hacer los exámenes? ¿bajo cuáles parámetros? ¿cómo se van a aplicar? 

2) Colocar a la cédula profesional a la par que la licencia de conducir, los pasaportes, las concesiones o los permisos de transporte es pretender comparar realidades distintas bajo una óptica reduccionista: la temporalidad. La iniciativa aborda una realidad compleja: la habilitación para ejercer determinada profesión y el tema no puede tratarse superficialmente. La iniciativa reduce el problema y parece ser que desde ésta óptica únicamente se trata de “una nueva mica”  (Cfr. Gaceta Parlamentaria, año XX, número 4864-V, martes 12 de septiembre de 2017.).  

3) Considerar los beneficios económicos que tal iniciativa pueden traer para el gobierno o para las instituciones educativas, no son razón para echar a andar un proceso como la certificación.  
Cito el texto presentado por el diputado: “(…) no omitimos mencionar que se generaría un ingreso para el Estado o las arcas públicas y habría un incremento importante en la economía de las instituciones educativas, públicas y privadas, pues podrían diseñar e instrumentar una serie de programas y estímulos que promuevan, primero la titulación y, posteriormente, la certificación, cuyos fondos obtenidos, derivados de cursos de especialización, posgrado, seminarios, ingreso a maestrías o doctorados, arrojaría un caudal financiero que estará reflejado en crecimiento tanto en calidad como cantidad educativa”  (Cfr. Gaceta Parlamentaria, año XX, número 4864-V, martes 12 de septiembre de 2017).  

Si la razón por la cual el gobierno o las instituciones educativas se sumarían a tal iniciativa es la oportunidad de negocio que la “iniciativa de caducidad de las cédulas” representa, esto resulta ofensivo para los ciudadanos. La mercantilización de la educación profesional es un obstáculo para el desarrollo de las profesiones de acuerdo a los requerimientos sociales, parece ser que esta propuesta abona al problema y no a las soluciones. Bajo los parámetros actuales de regulación educativa las “escuelas negocio” abundan y el proyecto sólo les engrandecería el mercado.

Ley vigente en Jalisco

Por lo que respecta a la legitimidad de quién presenta la iniciativa, se ha difundido que el diputado no realizó estudios universitarios. Tal circunstancia, lo coloca en una posición poco favorable para defender su planteamiento. Recordemos que en el Estado de Jalisco está vigente la Ley para el Ejercicio de las Actividades Profesionales del Estado desde el primero de enero del 2016, aunque siguen pendiente la publicación de los reglamentos. Dicha ley contempla la certificación profesional en distintas materias, la aplicación de exámenes, la educación jurídica continua y no ha causado tal revuelo. Un acierto en el Estado ha sido sumar a los actores relacionados con las profesiones, principalmente, colegios de profesionistas en las distintas fases del proceso. Parece ser, que en la iniciativa federal no ha sido así.

Los factores señalados han tenido tanto peso, que impiden rescatar algún aspecto positivo que la propuesta contenga. Por lo tanto, lo que parece más lamentable del asunto es el riesgo de que se cumpla la advertencia de Manuel Gómez Morín: “es peor el bien mal realizado que el mal mismo. Lo primero destruye la posibilidad del bien y mata la esperanza. El mal, por lo menos, renueva la rebeldía y la acción.”. Ojalá que la “iniciativa de caducidad de las cédulas o de la nueva mica”, no debilite otros procesos de certificación obligatoria como el que ya está vigente en nuestro Estado.

La Dra. Yurixhi Gallardo Martínez es Académica de la Facultad de Derecho de la Universidad Panamericana.

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