Septiembre, mes del testamento: Este es el orden de herederos sin testamento
Los herederos deberán llenarse de paciencia pues al no existir este documento el proceso burocrático será más tardado.
El testamento es un documento en el que puedes dejar instrucciones específicas sobre tus deseos en caso de fallecer, sirve también para dejar asegurados tus bienes y establecer quiénes serán los herederos de estos.
Sin embargo la mayoría de la población prefiere heredar en vida, es decir, no realizan un testamento, por eso es importante que sepas que para esto también existe un orden hereditario y aquí te diremos cuál es.
Orden de herederos sin testamento
Normalmente las herencias sin testamento se llevan a cabo cuando la persona falleció repentinamente y no dejó por escrito a quién deja qué.
Debe considerarse que en este sentido hay una línea sucesoria en específico y herederos forzosos. Según el Artículo 807 del Código Civil, los herederos forzosos o legitimarios son aquellos que habiendo o no un testamento tendrán derecho a recibir una parte de la herencia.
Son herederos forzosos:
1. Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
2. A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
3. El viudo o viuda en la forma y medida que establece el Código Civil.
Es importante asesorarse y conocer los artículos del Código Civil para llevar de manera ordenada y justa la herencia sin testamentos, aunado a esto, los herederos deberán llenarse de paciencia pues al no existir este documento el proceso burocrático será más tardado.
YC