¡Ojo! Te decimos en qué te benefician las nuevas obligaciones de la Ley Home Office
El 12 de enero entró en vigor la ley en materia de teletrabajo o home office, con la que los trabajadores tendrán 9 nuevos derechos, así como 3 obligaciones
Ya entró en vigor la reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabajo o home office, con la que los trabajadores tendrán 9 nuevos derechos, así como tres obligaciones, de acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
Mediante un boletín oficial, la dependencia dio a conocer que a partir del 12 enero entran en vigor “las reformas al Artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo en materia de Teletrabajo o home office, así como las obligaciones que tanto empleadores como las y los trabajadores deben cumplir”.
De este modo se reconoce el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al establecimiento del empleador, por lo que no se requiere la presencia física en el centro de trabajo.
“Dichas disposiciones serán para aquellas relaciones laborales que se desarrollen en más del 40% del tiempo en el domicilio de la persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo, o en el domicilio elegido por ésta”, se lee en el documento.
Entre los derechos que establece esta nueva ley se encuentra que los empleadores deberán contribuir con el pago proporcional del recibo de luz y los servicios de Internet. Además respetarán el derecho a la desconexión de los empleados al término de la jornada de trabajo.
Luisa Alcalde Luján, titular de la STPS, detalló que las condiciones del teletrabajo deben establecerse en un convenio por escrito, pactado por las partes y tiene un principio de reversibilidad, es decir, la posibilidad de establecer que no es conveniente y que pueda solicitarse el regresar a una modalidad presencial.
Resaltó que la reforma a la Ley Federal del Trabajo contempla que este esquema forme parte del contrato colectivo, en el caso de que este exista en la empresa; por lo que el home office y el acuerdo para implementarlo y los detalles de la modalidad deben quedar establecidos por escrito, personal o colectivamente.
El 11 de enero de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo, en materia de teletrabajo o home office en México.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social tendrá 18 meses, contados a partir de la entrada en vigor de la reforma a dicha ley, para publicar una Norma Oficial Mexicana que rija las obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo para el home office.
Las nuevas obligaciones de las personas trabajadoras en home office:
Cuidar los equipos, materiales y útiles que reciban del empleador.
Informar con oportunidad sobre los costos derivados del trabajo, como servicios de telecomunicación y electricidad.
Atender las políticas y mecanismos de protección de datos utilizados en sus actividades, y restricciones sobre su uso y almacenamiento.
CR