Crecen multas contra choferes de plataformas
Las sanciones se aplicaron principalmente por no utilizar el cinturón de seguridad, por usar el celular y por no verificar el auto
Este año han aumentado las infracciones contra conductores de Empresas de Redes de Transporte. La Secretaría de Transporte (Setran) informó vía Transparencia que del 1 de enero al 18 de octubre de 2023 sumaron dos mil 342 multas, cifra que ya rebasó las dos mil 050 documentadas durante 2022.
La Setran detalló que los folios fueron por no utilizar el cinturón de seguridad o hacerlo inadecuadamente, usar el celular y porque el auto no tiene la verificación, principalmente.
Por otro lado, la nueva Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco establece la obligatoriedad de que los vehículos implementen un botón de auxilio, así como la vinculación que facilite a las autoridades correspondientes la geolocalización y datos para la debida atención y seguimiento.
Al respecto, la Setran compartió a través de una ficha informativa que los temas están sujetos a una norma técnica, misma que está en proceso de elaboración dentro del plazo establecido de 180 días hábiles después de publicado el reglamento, lo cual ocurrió el pasado 4 de agosto en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco.
El mes pasado, conductores de distintas plataformas se manifestaron contra la instalación de un dispositivo de geolocalización en sus vehículos.
Valeria Martínez comparte que para ella sería muy importante que las autoridades pudieran acceder al tema de la geolocalización de los vehículos que prestan el servicio. “Me daría seguridad saber que si aviso que algo va mal en tiempo real alguien supiera el lugar en donde estoy y me podrían rescatar. Sé que también los conductores pueden sufrir de delitos, pero creo que sería más seguro tanto para ellos como para nosotras”.
Se indicó que solamente hay dos empresas registradas ante la Setran para brindar el servicio en la metrópoli y en Puerto Vallarta: Uber y Didi. Las demás no forman parte del padrón ni están sujetas a las obligaciones.
Plataformas de transporte se amparan contra nueva ley
La fracción XV del Artículo 357-B de la nueva Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco establece que las empresas de redes de transporte deben compartir mensualmente con la Secretaría las estadísticas respecto a las incidencias donde se haya puesto en peligro la integridad física de usuarios o conductores.
Por otro lado, también en las fracciones IV y V mencionan la obligatoriedad de que se implemente un botón de auxilio, así como la vinculación que facilite a las autoridades correspondientes la geolocalización y datos del vehículo para la debida atención y seguimiento. Al respecto, la Setran respondió que los temas están sujetos a una norma técnica, misma que está en proceso de elaboración.
“Además, está en curso un juicio de amparo relacionado con la información que las Empresas de Redes de Transporte deben compartir a la Setran respecto a las incidencias que hayan puesto en peligro la integridad física de las personas usuarias o conductoras, así como la obligatoriedad de instalar los botones de auxilio”.
Este es uno de los temas más sensibles para las pasajeras, quienes han pedido más seguridad para los viajes que realizan en las plataformas.
Ana Alvarado, quien es usuaria frecuente, no ha notado mejoras en el tema de seguridad. “Como mujeres tenemos que cuidarnos todavía más porque corremos más riesgos de padecer situaciones de peligro relacionadas con nuestro género. Yo lo que hago en cada viaje es mandar mi ubicación en tiempo real al grupo de WhatsApp familiar”.
La joven explica que utiliza el servicio para salir de noche cuando sus padres no le prestan el automóvil. “Trato de usarlos sólo en casos muy urgentes porque tengo amigas que han vivido situaciones feas”.
Grecia Hernández indica que otra opción sería que las usuarias pudieran elegir si quieren que una mujer conductora sea quien las recoja. “Sé que quizá eso tampoco sea 100% confiable, pero la verdad me pasa que cuando la conductora es mujer me da más confianza y me siento tranquila. Me gustaría que pudiéramos escoger si queremos que una mujer sea la que nos recoja”.
Por último, Rosa Gutiérrez cuenta que hasta junio pasado usaba el servicio todos los días, y en varias ocasiones vivió situaciones que la hicieron sentir insegura. “Durante un año y medio tenía que moverme de esa forma porque salía tarde del trabajo, entre las 10 de la noche y la una de la mañana. Muchas veces los conductores intentaban indagar el motivo de mi salida a esa hora, era molesto”.
La ocasión que más la asustó fue en una ocasión en la cual un conductor fue muy incisivo en preguntarle si tenía pareja sentimental. “De plano me bajé a una cuadra de mi casa, tuve que pedirle que se parara en seco y mejor caminé. Fue muy feo ese trayecto”.
Empresas de redes de transporte serán obligadas solidarias
En el padrón estatal de empresas de redes de transporte hay 19 mil 595 vehículos de Uber y Didi registrados para brindar el servicio en la Zona Metropolitana de Guadalajara y en Puerto Vallarta.
La Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco indica que estas compañías prestan el servicio de Transporte Privado de Punto a Punto, que se oferta, contrata y paga a través de una aplicación móvil.
También refiere que las empresas de redes de transporte serán consideradas obligadas solidarias de las personas propietarias y conductoras de los vehículos, frente a terceros y a las personas usuarias, por la responsabilidad civil que pudiera surgir derivada de la prestación del servicio de transporte privado, únicamente hasta por un monto igual a las sumas aseguradas en la póliza o constancia de seguro del vehículo.
Además, el servicio debe prestarse exclusivamente a través de la plataforma registrada, no se puede ofertar de forma directa en la vía pública, no podrán hacer sitio, ni establecer rutas, itinerarios, horarios fijos o frecuencias de paso.
Por otro lado, el Artículo 357-A de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco indica que las disposiciones tienen el objetivo de garantizar el derecho humano a la movilidad a efecto de salvaguardar la vida y la integridad de las personas usuarias y conductoras que hacen uso de las diversas plataformas o aplicaciones móviles, “facilitando el acceso, mayor seguridad vial y personal, al contar con la posibilidad de elegir la eficiencia, calidad, precio y demás circunstancias derivadas de la prestación de este servicio privado”.
Algunas obligaciones de empresas
El Artículo 357-B de la ley citada con anterioridad menciona que las empresas de redes de transporte tienen la obligación de garantizar la seguridad de las personas usuarias, además de cuestiones como:
- Implementar en su programa informático o plataforma electrónica mecanismos de seguridad que permitan la identificación tanto de la persona usuaria como de la persona conductora al momento de la asignación y prestación del servicio.
- Implementar en su programa informático o plataforma electrónica el Botón de Auxilio y los mecanismos de alerta que vinculen a las personas a los servicios de emergencia, directo en la aplicación móvil que se encuentre visible y accesible.
- Notificar de manera inmediata a la Fiscalía General del Estado de Jalisco, alertas de los sistemas de auxilio que vinculen a las personas a los servicios de emergencia, estableciendo interconexión y vinculación que facilite a las autoridades correspondientes la geolocalización y datos del vehículo para la debida atención y seguimiento.
- Acreditar que las personas conductoras hayan obtenido la capacitación y sensibilización en materia de acoso sexual, violencia de género, trata de personas, perspectiva de género y derechos humanos.
- En caso que la póliza o constancia de seguro de uno de los conductores no se encuentre vigente, responder de manera solidaria con este, por los daños que puedan causarse tanto a las personas ocupantes del vehículo, terceras o conductoras, tanto en sus bienes como en sus personas por siniestros de tránsito ocurridos con motivo de la prestación del servicio, únicamente hasta por el monto igual a las sumas aseguradas requeridas para la póliza o constancia del seguro del vehículo.
- Garantizar medidas que permitan a la persona usuaria del servicio, abrir puertas y ventanas del vehículo para acceder al exterior en todo momento, como medida de seguridad y prevención de todo tipo de violencia.
Telón de fondo
Desconocen resultados de puntos Púrpura
En septiembre de 2019, la Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres, en conjunto con la Secretaría de Transporte, anunció la instalación de botones de pánico en forma de tótems como parte de la estrategia puntos Púrpura para la prevención del acoso y la violencia sexual que viven las mujeres en los viajes de las empresas de redes de transporte y taxis tradicionales en la Zona Metropolitana de Guadalajara.
Las colonias intervenidas fueron Andares, Puerta de Hierro, Colonia Americana, Chapultepec y el Centro de Guadalajara, al ser donde se habían tenido más incidencia de agresiones por parte de conductores según las carpetas de investigación de la Fiscalía.
Sin embargo, este medio público no informó los resultados del uso de los tótems de forma general, así como los reportes y detenciones logradas gracias a la estrategia, tras distintas peticiones realizadas a través de Transparencia.
De acuerdo con los lineamientos de 2023, publicados hasta el 31 de marzo, “Puntos Púrpura” es una estrategia preventiva de seguridad para que mujeres adultas, jóvenes, adolescentes y niñas puedan trasladarse en servicios de plataforma y taxis amarillos de manera segura, con apoyo de las instituciones y la comunidad, la cual se reforzó con la instalación de módulos de seguridad o tótems en 27 espacios de la ciudad, de los cuales están en Guadalajara, Tlajomulco y Zapopan.
CT