Economía

¿Puedo ir a la cárcel si no pago mi tarjeta de crédito?

A continuación, te detallamos qué dicen las leyes sobre la posibilidad de ir o no a la cárcel si no pagas tus deudas 

Debido a la inflación es probable que con mayor frecuencia utilices tu tarjeta de crédito, o tengas en mente adquirir una, para salir a flote ante compras necesarias como por ejemplo, el súper.

Sin embargo, también es probable que te entren las dudas de qué pasa si un día no puedes llegar a pagarla ¿podrías ir a la cárcel?

La Encuesta Nacional de Inclusión Financiera 2021 (ENIF), realizada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), en colaboración con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), reveló que en México hay al menos 27.4 millones de personas entre 18 a 70 años, que cuentan con alguna tarjeta de crédito, departamental o de tienda de autoservicio, entre otros tipos de créditos.

Aunque los créditos, entre ellos los de las tarjetas bancarias o departamentales, te ofrecen el beneficio de adquirir bienes o servicios de manera inmediata y pagarlos después, la contraparte es que algunos generan intereses que se pueden convertir en una deuda impagable, llegando incluso a enfrentar una serie de notificaciones por parte de las mismas instituciones que los emiten, e incluso de despachos de cobranza.

Y aunque una de las amenazas constantes es que "de no pagar, una persona puede ir a la cárcel", lo cierto es que según las leyes esto no es posible.

¿Entonces qué puede ocurrir?

El artículo 17 de la Constitución señala que "nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil", lo cual ocurre en este supuesto.

Pese a ello, quien adeude un monto de una tarjeta de crédito, departamental o de algún otro tipo de crédito durante más de tres meses, quedará fichado en la lista negra del Buró de Crédito, institución que se encarga de registrar el historial crediticio de los usuarios del sistema financiero.

De ocurrir lo anterior, la persona no podrá adquirir nuevamente ningún tipo de crédito sino hasta que salde se deuda, o hasta que se cumpla el periodo mínimo de permanencia en él, que va de el año hasta los seis años, siempre y cuando: sean menores a 400 mil UDIS, el crédito no se encuentre en proceso judicial y/o no hayas cometido algún fraude en tus créditos.

Hablando de créditos, una persona sólo podría ir a la cárcel si se comprueban movimientos crediticios fraudulentos, en los cuales la persona actúa con dolo, como en el caso de un fraude donde desde un inicio la persona no tuvo interés en pagar, o cuando se emiten con frecuencia cheques de cuentas inexistentes, sin fondos o canceladas.

Por este tipo de situaciones es recomendable que antes de adquirir una tarjeta de crédito o alguna deuda de este tipo, la persona analice cuáles son sus posibilidades de pago sin caer en recargos que le generen gastos extra, ya que el monto seguirá creciendo y después será muy complicado de saldar.

JL

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