México

Tren parlamentario

Intención electoral a ultranza

El Presidente Felipe Calderón Hinojosa emitió ayer un decreto presidencial mediante el cual ha mandatado deducir impuestos en colegiaturas. Su accionar político tuvo ayer, en el  Congreso de la Unión, el efecto de un fogonazo, porque la lectura que de ese accionar se desprendió, no es otra que la de haber incorporado una nueva forma de seguir haciendo la guerra a sus opositores, por la sucesión presidencial de 2012.

Esta nueva táctica de guerra electoral, que inauguró Calderón, consistirá en la firma de decretos sobre temas sociales, que el Congreso, en sus comisiones ordinarias, ya tiene en curso de procesos legislativos.

La intención es clara: adelantarse a los opositores a la aprobación de leyes de calado que, en tiempos electorales, suelen “cacarear” a los cuatro vientos. Calderón, junto con Acción Nacional, han hecho exactamente eso: “cacarear” el decreto.

Y, como muestra, lo siguiente: Josefina Vázquez Mota, coordinadora de la bancada panista en San Lázaro, dijo: “Esta medida, histórica, va a beneficiar (a partir de enero de 2012) a más de tres millones de niños y jóvenes, que representa más de 10% de la matrícula del país”.

En el Congreso mexicano, cuando una ley es aprobada y sus beneficios se traslucen en  favor de la mayoría, es común que los partidos políticos que la prohijaron y lograron, comiencen a hacer gala de haber sido los autores.

Se procuran quedar bien con la ciudadanía. Y lo dicen y lo redicen en el Pleno, en conferencias y en cuanto micrófono les es posible. Pues, ni más ni menos, esto ha pretendido hacer Calderón y panistas como Vázquez en San Lázaro y Teresa Ortuño, en Xicoténcatl.

Pero los decretazos que ayer ha comenzado Calderón —porque seguramente no será el único—, llevan jiribilla. Ha representado un golpe a las instituciones del contrapeso y han crujido, por supuesto, los muros de San Lázaro y Xicoténcatl.

Calderón ha recordado que está dispuesto a someter al Congreso con herramientas jurídicas que —el viejo sistema presidencialista que prohijó el PRI— allí están todavía, concediendo al titular del Ejecutivo Federal facultades que lo colocan por encima de las facultades constitucionales de los otros poderes de la Unión.  

El presidente de la República puede legislar desde dos vertientes.

Una. Está facultado para ser uno de los entes políticos que pueden presentar iniciativas de ley. Así, puede abrir los procesos legislativos. Y también concluirlos: una ley que ha sido presentada, analizada, dictaminada y refrendada en las dos cámaras, tiene que ir, rigurosamente, al Ejecutivo, para que éste ordene su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Vertiente dos. El Presidente está facultado a emitir decretos sin que, para ello, deba pedirle opinión o permiso al Congreso. Por este conducto de los decretos los presidentes han cometido canalladas, como las de las tarifas escalonadas de los combustibles.

En ese contexto, se puede mirar a los reglamentos. En la jerarquización de las fuentes del derecho vemos en primer lugar a la Constitución (en realidad, los número uno, así ha fallado ya la Corte, están los tratados internacionales que México ha firmado); en segundo, las leyes secundarias, y en tercero los reglamentos. Y cuarto, usos y costumbres.

El Legislativo está facultado para trabajar sobre los cuerpos de la Constitución y de las leyes secundarias. El Ejecutivo Federal, o sea el Presidente, lo está para hacer los reglamentos, que no son más que la interpretación final de las leyes.

Una interpretación que, en más de una ocasión, ha sabido a cuerno quemado a los legisladores porque el Ejecutivo ha acostumbrado retorcer el espíritu de las leyes del Congreso haciendo interpretaciones falaces. Un ejemplo ha sido el reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos, en la que Calderón ordenó que se plasmara una interpretación opuesta a lo que refiere la ley secundaria, y lo que ha sido motivo de controversia ante la SCJN.

El decreto de ayer, cuya vigencia fue programada para 2012, tiene el sello de gran beneficiador social; pero no podía ocultar, sin embargo, las intenciones electorales.

El Presidente tiene dos vertientes para legislar.

Una. Está facultado para ser uno de los entes políticos que pueden presentar iniciativas de ley. Así, puede abrir los procesos legislativos. Y también concluirlos: una ley que ha sido presentada, analizada, dictaminada y refrendada en ambas cámaras tiene que ir, rigurosamente, a las manos del Ejecutivo, para que éste ordene su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Vertiente dos. El Mandatario está facultado para emitir decretos. Por este conducto los mandatarios en México han cometido canalladas de marca mayor, como las de las tarifas escalonadas de las gasolinas, el diesel y la energía eléctrica.

En  la misma segunda vertiente, se puede mirar a los reglamentos. En la jerarquización de las fuentes del derecho, vemos en primer lugar a la Constitución (en realidad, los número uno, así ha fallado ya la Corte, están los tratados internacionales que México ha firmado); en segundo, las leyes secundarias, y en tercero los reglamentos. Y en cuarto, usos y costumbres.

El Legislativo está facultado para trabajar sobre los cuerpos de la Constitución y de las leyes secundarias. El Ejecutivo Federal, o sea el Presidente,  está facultado a su vez para hacer los reglamentos, que no son más que la interpretación final de las leyes.

El decreto  de ayer, cuya vigencia fue programada para 2012, tenía aparentemente el sello de gran beneficiador social; pero no podía ocultar, sin embargo, las intenciones electorales. Las intenciones presidenciales de sobar el dolido lomo a la gente, a propósito de lo que viene, en 2012.
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