Reformas constitucionales dotan de nuevas facultades a la CNDH
Se transfiere a la CNDH la facultad que tenía la Suprema Corte de Justicia de la Nación para investigar violaciones graves a derechos humanos
Dichas modificaciones a los artículos 1, 3, 11, 15, 18, 29, 33, 89, 97, 102 y 105 constitucionales permiten ampliar el fortalecimiento y protección de los derechos humanos en nuestro país y hacen manifiesto el deber de protegerlos por parte del Estado.
Con la aprobación unánime de las reformas -que aún deben obtener el aval de la Cámara de Diputados y el de la mayoría de los congresos locales-, se incorpora la reparación de violaciones a los derechos humanos, que comprende las diferentes formas como un Estado puede hacer frente a la responsabilidad en que hubiera incurrido.
Se refuerza la atención a las víctimas del delito y los órganos de procuración de justicia deberán hacer efectivos los derechos de los agraviados para que puedan obtener la reparación del daño.
De acuerdo con las reformas, se transfiere a la CNDH la facultad que tenía la Suprema Corte de Justicia de la Nación para investigar violaciones graves a derechos humanos.
La sociedad se beneficiaría al no quedar en la impunidad hechos violatorios de derechos humanos.
Este Organismo nacional considera que la facultad de investigar violaciones graves a derechos humanos es un reconocimiento al trabajo que ha venido realizando.
Además quedaría incorporada al texto constitucional la obligación que tiene todo servidor público de responder a las recomendaciones que les presenten los organismos públicos de derechos humanos.
Cuando las recomendaciones emitidas no sean aceptadas o cumplidas, las autoridades o servidores públicos tendrían que explicar su negativa.
La Cámara de Senadores, la Comisión Permanente o las legislaturas estatales los llamarían para que comparezcan y aclaren el motivo de su rechazo.
También con las reformas los derechos laborales entrarían en la competencia de los organismos defensores de los derechos humanos.