México
Proponen anular punto clave de Ley del ISSSTE
El ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia concluyó que los legisladores que reformaron la ley violaron la Constitución
SCJN), Guillermo Ortiz Mayagoitia, propuso declarar inconstitucional un punto clave de la nueva Ley del
ISSSTE.
Ortiz Mayagoitia llegó a la conclusión de que los legisladores que reformaron la ley violaron la Constitución, al no permitir que a los trabajadores al servicio del Estado que ingresaron a trabajar al gobierno antes de las reformas se les permitiera pensionarse bajo el anterior régimen de jubilaciones.
Por este motivo, minutos antes de terminar la sesión de este día, el presidente de la Corte les propuso a sus compañeros declarar inconstitucional el artículo 10 transitorio de la Ley, en el que se fijan cuáles serán las condiciones bajo las cuales se deben jubilar quienes no acepten adherirse al nuevo sistema administrado por el PensionISSSTE.
Ortiz les pidió a sus compañeros estudiar su propuesta, a fin de continuar con la discusión de este punto en la sesión de mañana.
En opinión del ministro presidente, resulta inconstitucional que a los trabajadores que no acepten sumarse al PensionISSSTE se les incremente de manera gradual la edad para jubilarse, el tiempo que tienen que laborar y las cuotas que tienen que aportar.
El Pleno de la SCJN aceptó analizar la propuesta de Ortiz, pero antes de que concluyera la sesión el ministro Sergio Aguirre Anguiano adelantó su desacuerdo con la medida, por lo que de antemano se espera una decisión dividida en torno a este tema.
Los ministros continuarán con la revisión de 10 amparos representativos de los miles que promovieron los trabajadores al servicio del Estado en la sesión de este martes, en los que la ministra Margarita Luna planteó no amparar a los burócratas.
Si una mayoría de seis ministros apoya la propuesta de Ortiz se anularía uno de los puntos fundamentales de la reforma, pues la Corte ampararía a los trabajadores para que no sean obligados a sumarse al nuevo régimen de pensiones y les permitiría seguir bajo el anterior esquema.
En caso contrario, la Corte continuaría con la revisión, artículo por artículo, de los puntos impugnados de la reforma.
CIUDAD DE MÉXICO.-El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (
Ortiz Mayagoitia llegó a la conclusión de que los legisladores que reformaron la ley violaron la Constitución, al no permitir que a los trabajadores al servicio del Estado que ingresaron a trabajar al gobierno antes de las reformas se les permitiera pensionarse bajo el anterior régimen de jubilaciones.
Por este motivo, minutos antes de terminar la sesión de este día, el presidente de la Corte les propuso a sus compañeros declarar inconstitucional el artículo 10 transitorio de la Ley, en el que se fijan cuáles serán las condiciones bajo las cuales se deben jubilar quienes no acepten adherirse al nuevo sistema administrado por el PensionISSSTE.
Ortiz les pidió a sus compañeros estudiar su propuesta, a fin de continuar con la discusión de este punto en la sesión de mañana.
En opinión del ministro presidente, resulta inconstitucional que a los trabajadores que no acepten sumarse al PensionISSSTE se les incremente de manera gradual la edad para jubilarse, el tiempo que tienen que laborar y las cuotas que tienen que aportar.
El Pleno de la SCJN aceptó analizar la propuesta de Ortiz, pero antes de que concluyera la sesión el ministro Sergio Aguirre Anguiano adelantó su desacuerdo con la medida, por lo que de antemano se espera una decisión dividida en torno a este tema.
Los ministros continuarán con la revisión de 10 amparos representativos de los miles que promovieron los trabajadores al servicio del Estado en la sesión de este martes, en los que la ministra Margarita Luna planteó no amparar a los burócratas.
Si una mayoría de seis ministros apoya la propuesta de Ortiz se anularía uno de los puntos fundamentales de la reforma, pues la Corte ampararía a los trabajadores para que no sean obligados a sumarse al nuevo régimen de pensiones y les permitiría seguir bajo el anterior esquema.
En caso contrario, la Corte continuaría con la revisión, artículo por artículo, de los puntos impugnados de la reforma.
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