México

Prepara GDF reglamento para adopción de niños de la calle

En breve, niños y adolescentes de la calle o sin residencia fija podrán ser tutelados por el Gobierno del Distrito Federal

México.- En breve niños y adolescentes de la calle o sin residencia fija, en situación de desamparo o víctimas de delitos, aún sin sentencia definitiva contra el victimario, podrán ser tutelados por el Gobierno del Distrito Federal, a través del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia local (DIF-DF).
Para ello se emitirán los Lineamientos de Operación y Seguimiento para el cuidado y atención de los menores en situación de desamparo, mediante los cuales se reglamentan las reformas a los códigos Civil y de Procedimientos Civiles, así como la Ley de los Derechos de las Niñas y los Niños.
Dichas reformas, aprobadas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en diciembre pasado y publicadas en la Gaceta Oficial el 4 de enero, facultan al gobierno local a hacerse cargo de infantes o adolescentes en situación de desamparo o víctimas de delito.
Según el proyecto de lineamientos, en todos los casos deberán ser menores de 18 años, vivir en espacios callejeros, pernoctar en hoteles u otros lugares fijos pero sin residencia estable, ser discapacitados, padecer enfermedades psiquiátricas o psicológicas, hacer actividades de sobrevivencia o ser víctimas de delitos.
Como actividades de sobrevivencia es documento menciona el sexo recompensado, el faquirismo, limpieza de parabrisas, acrobacia, cuidado de vehículos en vía pública, solicitud de dinero o cualquier otra actividad para tal efecto.
Los delitos por los cuales a un niño o adolescente se le deberá tutelar son los de privación de la libertad personal o con fines sexuales, desaparición forzada de personas, tráfico de menores, retención y sustracción de menores e incapaces, violación, estupro e incesto.
También señala los delitos de violación, abuso sexual y hostigamiento sexual en agravio de menores de 12 años; corrupciones de personas menores de edad o incapaces de comprender el significado del hecho o de resistirse a la conducta, y el turismo sexual.
Finalmente menciona los delitos de pornografía, trata de personas, lenocinio, explotación laboral de menores, violencia familiar y discriminación, todos previstos en el Código Penal para el Distrito Federal.
Cuando el DIF-DF por sí mismo considera a un menor candidato a ser tutelado por cualquiera de aquellas circunstancias, lo informará a un Comité Técnico Interinstitucional e Interdisciplinario y, si éste lo avala, le ordenará dar vista al Ministerio Público, el cual a su vez pondrá al menor en resguardo. Sigue Prepara GDF... dos... resguardo
Tras valorar médicamente a éste y canalizarlo a alguna institución pública o privada -previo acuerdo para ello-, el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) capitalino decidirá si solicita su tutela.
Cuando se determine que no está en desamparo y por tanto no requiere ser tutelado, pero sí en vulnerabilidad y desigualdad social, lo canalizará a las dependencias correspondientes para incorporarlo a los programas sociales.
En ningún caso se podrá usar la violencia física o verbal para trasladar al menor a instituciones públicas o privadas, el reglamento se elabora bajo el título de Lineamientos por la Consejería Jurídica y de Asuntos Legales del Gobierno del Distrito Federal.

NTX 28-02-08 IJALH
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