México
La CDHDF lamenta que constitucionalización de arraigo
El organismo señala que este mecanismo contradice lo establecido en la Convención de derechos humanos
Este martes en la Corte, seis magistrados votaron a favor y cinco en contra por la constitucionalidad del Artículo 133 del Código Federal de Procedimientos Penales, el cual abre la posibilidad que se continué utilizando la figura de arraigo.
En un comunicado de prensa, la comisión señala que este mecanismo contradice lo establecido en el Artículo 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados suscritos por México.
De acuerdo con el Organismo autónomo, el arraigo es un mecanismo que, sin ser la consecuencia de un proceso penal, priva a la persona arraigada de su libertad y atenta contra el principio de presunción de inocencia.
Ante esto, su aplicación contradice lo establecido en el Artículo 1° Constitucional, en particular respecto al postulado sobre efectuar la interpretación más amplia en favor de la persona.
"La Corte tiene la facultad de aplicar el control de regularidad para determinar la invalidez de la figura en comento pues la misma no supera el test de razonabilidad, en virtud de que vulnera el derecho a la libertad personal de tal forma que excede los límites impuestos al propio Estado" se lee en el comunicado.
La CDHDF exhorta a las diferentes instituciones involucradas, así como a la sociedad civil a buscar abrir espacios de diálogo y discusión en pro de buscar el fortalecimiento de un Estado Democrático y garantista, en donde figuras como el arraigo no pueden tener cabida.
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