México
Aprueba la Corte revisión a reformas a la Constitución
Adopta la SCJN una sentencia con base en la cual abre la posibilidad de impugnar y revisar si una modificación a la Carta Magna se aceptó a partir de un proceso legislativo irregular
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) adoptó una sentencia con base en la cual determinó que sí es posible que se impugne y se revise si una reforma a la Constitución se aprobó con base en un proceso legislativo irregular.
Con esta decisión la Corte abandonó el criterio que venía sosteniendo desde el 2002, cuando determinó que no era posible impugnar ni revisar, por ninguna vía, una reforma a la Constitución.
En una votación dividida, de cinco votos contra seis, la mayoría de ministros del máximo tribunal acordaron admitir un par de demandas que promovieron los partidos Convergencia y Nueva Alianza en contra de la reforma a la Constitución que se aprobó el año pasado y que sirvió para modificar el sistema electoral del país.
Los dos partidos impugnaron la reforma porque consideraron que los legisladores del Congreso de la Unión no se apegaron a las reglas que establece la propia Constitución para que se le pueda modificar.
En caso de que su argumento prospere, una vez que la Corte entre al estudio de fondo de sus demandas, serviría para anular, por vez primera, una reforma a la carta magna.
SUN 28-04-08 IJALH
La
Con esta decisión la Corte abandonó el criterio que venía sosteniendo desde el 2002, cuando determinó que no era posible impugnar ni revisar, por ninguna vía, una reforma a la Constitución.
En una votación dividida, de cinco votos contra seis, la mayoría de ministros del máximo tribunal acordaron admitir un par de demandas que promovieron los partidos Convergencia y Nueva Alianza en contra de la reforma a la Constitución que se aprobó el año pasado y que sirvió para modificar el sistema electoral del país.
Los dos partidos impugnaron la reforma porque consideraron que los legisladores del Congreso de la Unión no se apegaron a las reglas que establece la propia Constitución para que se le pueda modificar.
En caso de que su argumento prospere, una vez que la Corte entre al estudio de fondo de sus demandas, serviría para anular, por vez primera, una reforma a la carta magna.
SUN 28-04-08 IJALH
Síguenos en