Jalisco
Facilitarán recursos para aplicar ‘‘Ley antiborrachos’’
La nueva legislación da al Estado y municipios un espacio de cuatro semanas para adecuar reglamentos
Programas preventivos para evitar
accidentes quedan en sugerencias
GUADALAJARA, JALISCO (10/AGO/2010).- La llamada “Ley antiborrachos” entra en vigor el próximo 7 de septiembre, según consta en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco, publicado el pasado sábado. De acuerdo con uno de sus dos artículos transitorios, las reformas a la Ley de Vialidad y al Código Penal deberán aplicarse un mes después de su publicación.
Además, autoriza a la Secretaría de Finanzas (Sefin) a “realizar modificaciones y adecuaciones presupuestales necesarias para el debido cumplimiento del decreto”.
Así, Estado y municipios tienen cuatro semanas para realizar las adecuaciones necesarias en sus reglamentos o personal y comprar los insumos necesarios para que los cambios sean aplicados puntualmente.
En la norma ya cambian los miligramos de alcohol en sangre para que el detenido sea infraccionado o arrestado. El artículo 125 establece que “en los casos de delitos de tránsito, inmediatamente se practicarán exámenes médicos y pruebas de alcoholemia”, y aclara que “cuando el indiciado se niegue a otorgar muestra de sangre o de aire espirado, se le practicará un examen pericial clínico médico”.
También refiere que la autoridad ordenará la práctica de la cantidad de exámenes que estime pertinente para determinar el grado de alcohol en sangre, y levantará la certificación correspondiente.
En los dictámenes que se traten de alcoholemia o causalidad, “los peritos deberán realizar las pruebas respectivas en un plazo no mayor de 24 horas; si transcurrido este tiempo no rinden el dictamen, se hará uso de algún medio de apremio”, se lee en el decreto. Añade que de no cumplir su función, el perito podría ser sancionado administrativa y penalmente.
accidentes quedan en sugerencias
GUADALAJARA, JALISCO (10/AGO/2010).- La llamada “Ley antiborrachos” entra en vigor el próximo 7 de septiembre, según consta en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco, publicado el pasado sábado. De acuerdo con uno de sus dos artículos transitorios, las reformas a la Ley de Vialidad y al Código Penal deberán aplicarse un mes después de su publicación.
Además, autoriza a la Secretaría de Finanzas (Sefin) a “realizar modificaciones y adecuaciones presupuestales necesarias para el debido cumplimiento del decreto”.
Así, Estado y municipios tienen cuatro semanas para realizar las adecuaciones necesarias en sus reglamentos o personal y comprar los insumos necesarios para que los cambios sean aplicados puntualmente.
En la norma ya cambian los miligramos de alcohol en sangre para que el detenido sea infraccionado o arrestado. El artículo 125 establece que “en los casos de delitos de tránsito, inmediatamente se practicarán exámenes médicos y pruebas de alcoholemia”, y aclara que “cuando el indiciado se niegue a otorgar muestra de sangre o de aire espirado, se le practicará un examen pericial clínico médico”.
También refiere que la autoridad ordenará la práctica de la cantidad de exámenes que estime pertinente para determinar el grado de alcohol en sangre, y levantará la certificación correspondiente.
En los dictámenes que se traten de alcoholemia o causalidad, “los peritos deberán realizar las pruebas respectivas en un plazo no mayor de 24 horas; si transcurrido este tiempo no rinden el dictamen, se hará uso de algún medio de apremio”, se lee en el decreto. Añade que de no cumplir su función, el perito podría ser sancionado administrativa y penalmente.
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