Jalisco

Aprueban en comisiones reformas al Código Penal de Jalisco

Entre los cambios se determinó que los delitos graves que establece la Constitución Política, no podrán dirimirse en juicios orales

GUADALAJARA, JALISCO (02/SEP/2014).- A cuenta gotas, diputados locales avanzan en las reformas necesarias para implementar el nuevo sistema penal acusatorio que incluye la figura de juicios orales.

Los diputados integrantes de la Comisión de Puntos Constitucionales aprobaron reformas al Código Penal una de las reformas necesarias para el nuevo sistema de justicia.

El presidente de esa comisión legislativa, Hernán Cortés Berumen explicó que entre los cambios "se establece que los delitos graves que establece la Constitución Política, no serán objetos de ser mediados  por lo que no podrán dirimirse en juicios orales".

Por ello, los legisladores locales establecieron en el Código Penal que habrá prisión preventiva oficiosa en los actos de lenocinio, corrupción de menores, pornografía, prostitución infantil, trata de personas, violación, robo de infante, tráfico de menores y secuestro.

El pleno debe aprobar cuatro leyes para contar con las normas necesarias y pueda ser posible la implementación del sistema de justicia penal en menos de 28 días.

De acuerdo con el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, la próxima semana serán avaladas en comisiones.

Las normas que deben aprobar primero en comisiones y luego en el pleno son: Ley de Justicia para Adolescentes, Ley de Seguridad Pública y Ley de Administración de Bienes.

Iniciativas por analizar en el Legislativo

 •    Código Penal: Adecuaciones del Código Penal del Estado de Jalisco con el Código Nacional de Procedimientos Penales. Aprobada en Comisión de Puntos Constitucionales.

 •    Ley de Justicia para Adolescentes: Adecuación de la Ley de Adolescentes con el Código Nacional de Procedimientos Penales.

 •    Ley de Seguridad Pública: Adecuaciones de la Ley de Seguridad Pública del Estado de Jalisco con el Código Nacional de Procedimientos Penales.

 •    Ley de Administración de Bienes Asegurados y Decomisados: Tiene por objeto regular la administración de los bienes asegurados, decomisados o abandonados en los procedimientos penales en
concordancia con el Código Nacional de Procedimientos Penales.

EL INFORMADOR / ZAIRA RAMÍREZ
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