Ante la aprobación de la reforma al Poder Judicial que ordena la aplicación de pruebas de control y confianza para jueces y magistrados, así como la desaparición del haber por retiro (un bono millonario que se les entrega cuando se jubilan), el pleno del Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco analizará la posibilidad de presentar una controversia constitucional para impugnar esta medida ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Tienen un plazo de 30 días para interponer el recurso.Ricardo Suro, presidente del Poder Judicial, reconoce que no están de acuerdo con todo lo que se aprobó en el Congreso. “Hay cosas que sí aplaudimos: es bueno que lleguen los mejores perfiles a las magistraturas”.Asegura que están en desacuerdo con la manera en la que se proponen los exámenes de control y confianza (cada cuatro años): con una revisión patrimonial y de entorno social; exámenes médicos, psicométricos, toxicológicos y la aplicación del polígrafo.Sobre este último, subraya que es un examen “ilegal”. “Las resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos establecieron que es ilegal el polígrafo, que está plasmado en el texto de la reforma constitucional, entonces como garantes y como aplicadores de la justicia tendremos que hacer un ejercicio de respetar la ley y los tratados internacionales. Insisto, no estamos renuentes a una evaluación (pero sí contra el polígrafo)”.Sobre la eliminación del haber por retiro también se pronunció en contra. “Es un derecho adquirido y hay dos resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, específicamente en el caso (de) Jalisco, en las que avalan este haber por retiro”. En 2011, la Corte resolvió una controversia constitucional sobre este tema, donde avaló la prestación millonaria para jueces y magistrados en retiro.Sobre la extinción de este “bono”, los diputados Enrique Velázquez, del PRD, y Mariana Fernández, del PRI, coincidieron en que pueden generarse impugnaciones.La reforma al Poder Judicial también contempla que los candidatos a magistrados del Supremo Tribunal de Justicia se sometan a un examen teórico-práctico supervisado por especialistas e instituciones de educación superior.El Comité de Participación Social del Sistema Anticorrupción emitirá una opinión técnica de los aspirantes. El fin es que los partidos no se repartan las magistraturas y lleguen los mejores perfiles, con una carrera judicial.La reforma al mecanismo para designar a quienes ocupen un espacio como magistrado del Supremo Tribunal del Estado podría terminar de definirse en tribunales, en los aspectos como suprimir la posibilidad de un segundo periodo, aplicar las pruebas de control de confianza y la eliminación del pago de haber por retiro. Todos los casos tienen antecedentes de judicialización, en los que han ganado los magistrados.Sin embargo, Adrián Talamantes Lobato, titular de la Consejería Jurídica del Estado, argumenta que la determinación emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la controversia constitucional 86/2012, para que no se aplicaran a los juzgadores las evaluaciones de control y confianza, tuvo su origen en que este requisito se incluyó en una ley secundaria. Explica que la diferencia es que, en la reforma actual, se eleva a rango constitucional.Tras presentarse la iniciativa del gobernador Enrique Alfaro, Talamantes afirma que la administración estatal ya se encuentra preparada para dar la batalla jurídica contra los recursos que se presenten por la aplicación de las pruebas.Respecto a la eliminación del “bono” de retiro a los juzgadores, el coordinador de la bancada de Movimiento Ciudadano (MC), Salvador Caro Cabrera, reconoce que generará inconformidad de jueces y magistrados que actualmente están en funciones, pues se les aplicará de forma retroactiva. Pero descarta que las posibles impugnaciones echen abajo la reforma.La coordinadora del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Mariana Fernández Ramírez, anticipa que la eliminación de la ratificación para un segundo periodo contraviene la legislación federal y abre un frente de impugnaciones. Por su parte, Gustavo Macías Zambrano, coordinador de la fracción panista, está de acuerdo en que se debió considerar la posibilidad de un segundo periodo para los juzgadores.María Esther López Chávez, diputada del Partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), asevera que las modificaciones constitucionales avaladas por el Congreso serán inoperantes, pues terminarán judicializadas. Sostuvo que lo aprobado por la mayoría de las fracciones “es una mera simulación” porque no se podrán llevar a la práctica.Lo que no se incluyó en lo aprobado por el Congreso fue la posibilidad de que el nombramiento de magistrados se definiera por insaculación (sorteo). Si luego de tres rondas de votación ninguno de los aspirantes recibe los 26 votos de apoyo en el Congreso, la convocatoria se declarará desierta y se emitirá una nueva.2011Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validaron el haber por retiro como una prestación para funcionarios del Poder Judicial. En la controversia 26/2011, la Corte consideró que la forma como se reguló el haber por retiro en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado no era suficiente para que los magistrados y jueces del Poder Judicial vivieran dignamente después de su jubilación. La prestación consistía en el pago de seis meses de salario y el equivalente a 12 días por año de trabajo. Tras esta determinación, el Congreso estatal modificó la legislación para incrementar el pago a un año completo de sueldo, más 14 días por año laborado.2014La Suprema Corte resolvió la controversia constitucional 86/2012 y declaró inválidos los artículos de la Ley de Control de Confianza de Jalisco, que preveían someter a jueces y magistrados a las pruebas de control y confianza para su ingreso y permanencia en el Poder Judicial. Los 11 ministros consideraron que la norma representaba una violación al principio de división de Poderes. Además, le Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública solamente contempla estas pruebas para los policías. La reforma constitucional para cambiar el mecanismo de nombramiento de magistrados y jueces servirá para que las personas elegidas cuenten con la capacidad y experiencia necesaria para desempeñar sus funciones, afirma Enrique Velázquez, presidente de la Comisión de Seguridad y Justicia del Congreso.“Lo que logramos en el caso de los magistrados es que hubiera una serie de exámenes para tener la certeza de que una persona que ocupará el cargo sea una persona que sabe, que tiene experiencia, que no le debe su puesto a nadie sino que está por su capacidad”.Explica que en el diseño del examen intervendrá el Comité de Participación Social, junto con universidades y expertos. Posteriormente, quienes aprueben con más de 85% formarán parte de una lista de aspirantes, que serán escogidos por diputados para ocupar los espacios. “Eso nos daría la posibilidad de evitar esas cuotas (políticas), de poner a personas improvisadas que no tenían idea de cuál es la función de un magistrado”.Acepta que habrá impugnaciones; sin embargo, esperan que éstas se resuelvan rápido. “Sí hay molestia, es normal porque ya se tenía como un derecho adquirido. De los jueces y magistrados no van a estar a favor, pero los tribunales federales o la Suprema Corte nos dirán si hicimos bien o mal”.Acentúa que las pruebas de control de confianza se aplicarán cada cuatro años y en caso de no aprobar, sería una causal para retiro del cargo.LA VOZ DEL EXPERTOMaría Estela Delgado Muñoz (académica de la División de Estudios Jurídicos de la UdeG).Aunque considera que la reforma judicial es positiva, se da pauta para acciones de inconstitucionalidad o controversias, confirma la académica de la Universidad de Guadalajara (UdeG).Explica que se debe revisar cuántas controversias son para ver la solución. “Porque a veces se plantean a nivel de la Corte, y la Corte hace el estudio de forma conjunta. Depende de la impugnación”.Comenta que, en el caso del “bono” de retiro para los actuales magistrados, se establece en relación al principio de que no se puede aplicar de forma retroactiva. “Los que ya están en funciones tienen ese principio a su favor, de que se estaría violando la Constitución… eso en derecho es elemental. Aunque no hay un tiempo específico, como mínimo hay situaciones que podrían resolverse en seis u ocho meses”.Menciona que si un magistrado en funciones quisiera impugnar la cancelación del haber por retiro podría hacerlo en el momento en que solicite este beneficio y se le niegue.En el caso del polígrafo, apunta que dependerá si solamente se impugna esta prueba o todas. “Hay cuestiones pendientes por los mismos transitorios. Algunas cuestiones podrían impugnarse de entrada”.Sigue: #DebateInformador¿Qué opina del “bono” millonario que reciben jueces y magistrados cuando se retiran?Participa en Twitter en el debate del día @informador