CIUDAD DE MÉXICO.- La juez federal Gabriela Coutiño Mata desechó una parte de la demanda que promovió el sindicato electricistas en la que impugnó un oficio del Instituto Mexicano del Seguro Social en el que se establece que sólo los trabajadores que aceptaron su liquidación podrán seguir gozando de atención médica durante un año.El sindicato impugnó el oficio 952 1761 2000/000739, que emitió, el 19 de noviembre de 2009, el Director de Prestaciones Médicas del IMSS en el que le notificaba todos los delegados del Instituto en el país que a los ex trabajadores de Luz y Fuerza del Centro que aceptaron su liquidación y consintieron el Decreto que extingue dicho organismo, se le ampliaba por un año la cobertura de servicios médicos.De acuerdo con dicho oficio, los trabajadores que decidieron irse a juicio, sólo tendrían derecho a las ocho semanas que establece el artículo 109 de la Ley del IMSS.La titular del Juzgado Primero de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región consideró que dicha medida no afecta a quienes no aceptaron su liquidación, porque no limita ni restringe el derecho que les otorga el artículo antes citado.“Por ello –explicó la juez mediante una ficha informativa-, al no limitarse ni restringirse el plazo previsto legalmente, se consideró evidente que no se limitó su derecho a la cobertura de servicios médicos.Esta decisión, emitida el viernes pasado, no afecta ni prejuzga sobre el fondo de la demanda que promovieron los electricistas en la que impugnaron el decreto que emitió el Presidente Felipe Calderón mediante el cual extinguió a la Compañía de Luz y Fuerza del Centro.La juez celebrará la audiencia constitucional para tratar este tema el próximo jueves y después de esta fecha decidirá si ampara o no a los electricistas contra el decreto que extinguió a la empresa.