Domingo, 24 de Noviembre 2024
México | Esto representa un nuevo récord al sumar recepción, trámite y desahogo de asuntos

Poder Judicial Federal atiende más un millón de litigios en 2015

Esto representa un nuevo récord al sumar recepción, trámite y desahogo de asuntos

Por: SUN

Juzgados de Distrito y Tribunales de Circuito resolvieron tres mil 34 asuntos. EL INFORMADOR / ARCHIVO

Juzgados de Distrito y Tribunales de Circuito resolvieron tres mil 34 asuntos. EL INFORMADOR / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (25/ENE/2016).- Durante el año 2015, los juzgados y tribunales federales registraron más un millón de litigios, lo que representa un nuevo récord para el organismo al sumar la recepción, trámite y desahogo de asuntos penales, civiles, administrativos, laborales y fiscales, informó el Consejo de la Judicatura Federal ( CJF).

De acuerdo con el organismo rector de jueces y magistrados federales, el número de asuntos registrados obedece a que el Poder Judicial de la Federación labora las 24 horas del día a lo largo de los 365 días del año, ya que cuenta con un sistema de guardias para seguir operando durante días festivos y los llamados periodos de receso, es decir, cuando los gobiernos e instituciones públicas salen de vacaciones.

Por ejemplo, del 16 de diciembre al 31 de enero del año pasado, los Juzgados de Distrito y Tribunales de Circuito que estuvieron de guardia, resolvieron un total de tres mil 34 asuntos, entre amparos directos y en revisión, incidentes de inejecución de sentencia, causas penales inconformidades, quejas, reclamaciones y recursos de revisión tanto en materia administrativa como fiscal.

Por lo que respecta a los Tribunales Colegiados, el Consejo de la Judicatura Federal informó que estos emitieron 519 juicios de amparo directo e indirecto, además de emitir 35 sentencias en materia penal, derivado de las impugnaciones que presentan los afectados en contra de las resoluciones dictadas por los Juzgados de Distrito.

“Los Tribunales Colegiados resolvieron en materia penal 35 quejas promovidas en términos del artículo 97, fracción I, inciso b) de la Ley de Amparo. Es de hacer notar que por la naturaleza jurídica de la queja, ésta debe resolverse en un lapso de 48 horas posteriores a su presentación en el órgano colegiado”, explicó el CJF.

En este sentido, el Consejo de la Judicatura advirtió que lo anterior es una muestra de “que en términos de la operación y normatividad del PJF, siempre se cuenta con Tribunales Colegiados para resolver cualquier asunto de su competencia en materia administrativa, civil, penal, laboral, agraria, mercantil, etcétera”.


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