Martes, 03 de Diciembre 2024
México | El IFAI instruye a la SRE a entregar la versión pública de los acuerdos

Piden acuerdos de extradición de personas a España, Francia y EU

Ello, luego de que un particular presentara la solicitud de información ante la Cancillería de copia de los convenios de extradición

Por: NTX

Patricia Espinosa, secretaria de Relaciones Exteriores. ARCHIVO  /

Patricia Espinosa, secretaria de Relaciones Exteriores. ARCHIVO /

CIUDAD DE MÉXICO (17/OCT/2012).- El IFAI instruyó a la Secretaría de Relaciones Exteriores a entregar versión pública de los 738 acuerdos de extradición de personas, sentenciadas o no, que hayan sido extraditadas a España, Francia y Estados Unidos, entre el año 2000 y el 6 de marzo de 2012.

Ello, luego de que un particular presentara la solicitud de información ante la Cancillería de "copia de los convenios de extradición, vigentes o recién firmados entre México, Francia, Estados Unidos y España".

Asimismo, "el nombre de las personas que han sido extraditadas, motivos de la extradición, fecha de la extradición y resolución, sentencia o acuerdo de extradición".

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) respondió que la parte considerativa de los acuerdos, así como el nombre de las personas extraditadas, es información clasificada de conformidad con la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG).

Inconforme con la respuesta, el particular presentó un recurso de revisión ante el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), el cual fue turnado al comisionado Gerardo Laveaga.

A propuesta del comisionado ponente, el pleno del IFAI acordó modificar la respuesta de la SRE y le instruyó a entregar la información en los siguientes términos.

Respecto de los acuerdos de extradición de las personas que ya fueron sentenciadas dar una versión pública, incluyendo la parte considerativa, en la que sólo podrá testar el nombre de los extraditados, las víctimas del delito, testigos, testigos protegidos, fiscales, jueces y cómplices.

Si se trata de solicitudes de extradición realizadas por España y Francia, nombres de testigos si se trata de solicitudes de extradición realizadas por Estados Unidos y nombres de extraditados que no haya hecho públicos la PGR.

Por lo que toca a los acuerdos de extradición de las personas que aún no han sido sentenciadas, deberá entregar una versión pública, en donde se omitirá la parte considerativa con fundamento en la fracción II del Artículo 13 de la LFTAIPG.

Además sólo se entregará la parte resolutiva. En la versión pública podrán testar el nombre de las personas extraditadas de quienes no se haya hecho público su nombre por la PGR.

La resolución fue aprobada con tres votos a favor y dos votos disidentes de la comisionada María Elena Pérez-Jaén y el comisionado Ángel Trinidad Zaldívar.

Los comisionados consideraron que se deben dar a conocer los nombres de los extraditados, sentenciados o no, toda vez que por ser presuntos responsables de delitos los coloca en una situación de interés público.

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