Lunes, 02 de Diciembre 2024
México | La dependencia rechaza que existieran violaciones a su derecho de asistencia consular

La PGR apela fallo de jueza por liberación de 'El Menchito'

La dependencia rechaza que existieran violaciones a su derecho de asistencia consular por ser ciudadano estadounidense

Por: SUN

''El Menchito'' fue trasladado a la SEIDO, ante la existencia de una nueva orden de localización y presentación en su contra. EFE / ARCHIVO

''El Menchito'' fue trasladado a la SEIDO, ante la existencia de una nueva orden de localización y presentación en su contra. EFE / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (01/JUL/2015).- La Procuraduría General de la República (PGR) cuestionó que la juez que liberó a Rubén Oseguera González, alias “El Menchito”, hijo del líder del Cártel Nueva Generación (CNG), Nemesio Oseguera Cervantes, desestimó las pruebas que lo vinculan a esa organización criminal y concedió más valor a los dichos de policías locales que a las evidencias aportadas en su consignación.

Al presentar los agravios en el recurso de apelación contra la decisión del Juzgado 1 de Procesos Penales Federales en el Estado de México, con residencia en Toluca, la dependencia rechazó que existieran violaciones a su derecho de asistencia consular por ser ciudadano estadounidense.

“El Menchito”, quien fue puesto en libertad ante las presuntas violaciones a sus garantías y debido proceso, fue trasladado a las instalaciones de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO), ante la existencia de una nueva orden de localización y presentación en su contra.

La PGR detalló que el Ministerio Público se inconformó con los criterios aplicados por la juzgadora, en virtud de que:

1. Da más valor probatorio a los dichos de policías de Zapopan, Jalisco, que no estuvieron al momento de la captura, que a las pruebas aportadas por la Policía Federal.
2. Al llegar a la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada, Rubén Oseguera González, quien es ciudadano estadounidense, estuvo asistido por el cónsul de los Estados Unidos y por su abogado, quien le entrego en propia mano el amparo que habían tramitado.
3. Tampoco considero los elementos probatorios que lo vincula al grupo criminal que comanda su padre, y del cual hay suficientes pruebas de su participación en diferentes ilícitos.
4. De igual manera desestimó el acopio y la portación de armas de uso exclusivo del Ejército, pruebas contundentes, ni la posesión de cartuchos de las armas entregadas junto con los detenidos.
5. Refiere que luego de su detención, la autoridad tardo 9 horas para ponerlo a disposición del Ministerio Público de la Federación. La Jueza desechó los argumentos de que con base a la alta peligrosidad del grupo criminal que dirige con su padre en Jalisco, era más seguro llevarlo a la sede de la SEIDO.

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