Jueves, 02 de Enero 2025
México | Los dos fueron candidatos suplentes por el PRI y PAN a diputados

El INE deberá examinar a dos aspirantes a consejeros de Veracruz

Los dos fueron candidatos suplentes por el PRI y PAN a diputados en la entidad

Por: SUN

El INE aplicó el examen a mi 644 aspirantes a consejeros de Organismos Públicos Electorales Locales en 13 entidades. NTX / ARCHIVO

El INE aplicó el examen a mi 644 aspirantes a consejeros de Organismos Públicos Electorales Locales en 13 entidades. NTX / ARCHIVO

CIUDAD DE MÉXICO (01/JUL/2015).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó este miércoles al Instituto Nacional Electoral ( INE) aplicar el examen de conocimientos y el de habilidades gerenciales a dos aspirantes a consejeros electorales de Veracruz vinculados el PRI y al PAN.

Se trata de Isaí Erubiel Mendoza Hernández, quien fue candidato suplente del PRI a diputado local plurinominal 2011-2013, ocupó el lugar 5 y se le asignó la diputación (suplente) pero no desempeñó el cargo, y de Sergio Ulises Montes Guzmán, quien en 2009 fue candidato suplente del PAN a primer regidor del ayuntamiento de Agua Dulce, Veracruz y su planilla resultó electa, pero él no ejerció el cargo.

En ambos casos el TEPJF revocó la decisión de la Comisión de Vinculación del INE con Organismos Públicos Locales (OPL) que les negó el derecho a ser examinados, y le ordenó que de inmediato, realice las acciones y ajustes necesarios” se les apliquen las pruebas.

En su sentencia los magistrados valoraron que no es suficiente con que se registre a un ciudadano como candidato a un cargo de elección popular por un partido político y que sea electo, para tener por incumplido el requisito de no haberse desempeñado en un cargo de elección popular en los cuatro años previos a la designación como consejero electoral.

Los magistrados hicieron una interpretación por persona de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe) para establecer que si el aspirante no ejerció el cargo para el cual fue electo, debe darse prioridad a su derecho a integrar organismos públicos electorales.

Si bien el objetivo de las restricciones a ocupar el cargo de consejeros locales es evitar la injerencia de influencias o factores externos que pudieran incidir en forma determinante en su nombramiento, lo cierto es que se debe acreditar plenamente que el aspirante ejerció el cargo para el cual fue registrado, lo cual no ocurrió en ninguno de los dos casos.

El pasado fin de semana, el INE aplicó el examen a mi 644 aspirantes a consejeros de Organismos Públicos Electorales Locales en 13 entidades, pero dejó fuera a cinco candidatos por acreditarse que fueron candidatos a cargos de elección popular en los últimos cuatro años, dos de los cuales consiguieron ser reincorporados como aspirantes.

Temas

Lee También

Recibe las últimas noticias en tu e-mail

Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día

Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones