Jalisco | La vida de las clases populares, de la gente sin voz Vagos y malafamados en el Jalisco del Siglo XIX Aquellos que no tenían oficio, hacienda o renta eran deportados o enlistados en el Ejército como medida correctiva Por: EL INFORMADOR 30 de enero de 2011 - 05:31 hs En últimas fechas, conocer el pasado de la sociedad y de nuestro entorno no sólo se ha reducido a rememorar los hombres y los acontecimientos importantes. También se ha puesto atención en los sectores y espacios poco o difícilmente detectados por la historia oficial. Tal vez, además de haber sido un problema de archivos y fuentes documentales, la historia social se ha debido a la nueva actitud del especialista frente a la sociedad y su presente, muchas veces buscando en el pasado las raíces de ciertos problemas tan vigentes como la pobreza, la inseguridad, el desempleo o el acceso a la salud. Al presentar este pequeño repaso sobre los vagos en el Siglo XIX para el contexto jalisciense, se pretende hacer patente este interés de grandiosa utilidad de la historia, pues parecería una insensatez creer que en la actualidad muchos —tal vez millones de hombres— que por el simple hecho de no contar con un empleo estable, o los que se dedican al comercio ambulante, los músicos callejeros, e incluso los que gustan de ir a casas de juegos y apuestas, o hasta quienes no porten su credencial de elector, fueran, sin importar las circunstancias, encarcelados, deportados o enlistados en el Ejército como medida correctiva, tal y como sucedía hace más de 100 años. De estos acontecimientos de la vida cotidiana del Siglo XIX trata lo que viene más adelante. Los límites de las desavenencias A finales de 1869, el arriero Antonio Ramírez, de 30 años de edad, decidió pasar la noche en el poblado de Atotonilco, en el Rancho El Potrero, propiedad de Amado Quezada. Sin embargo, conforme lo sostenía un reciente decreto del Congreso del Estado, para poder asegurar su estancia en dicho paraje, debía presentar un documento que avalara su honestidad y dedicación al trabajo continuo. Ante la solicitud que le hizo Amado Quezada de dicho papel, aquel confesó no portarlo, lo cual produjo las sospechas y acción del señor Quezada para denunciarlo ante las autoridades, pues por noticias de otros sabía que era “vago y ladrón”. Antonio, en el acto, fue remitido al veredicto de un jurado popular, una clase de junta de vecinos que al final optó por su inocencia. El breve juicio, sin más, dejó entrever que entre Antonio y Amado existían algunas diferencias, y para éste último, aplicar el peso de algunas leyes fue una posibilidad para ir contra Antonio; una de las arbitrariedades que implicó la administración de justicia del Siglo XIX. Este caso expuesto brota de un raudal de fuentes judiciales, que se resguardan en los repositorios de nuestra ciudad y que ofrecen una aproximación no sólo sobre los criminales, vagos y ladrones sino que además presentan pequeños momentos de las relaciones sociales de un pueblo entero. Atendiendo el concepto de vagancia durante el Siglo XIX, éste solía denotar aspectos de la vida misma de las clases populares, de la gente sin voz y hasta hace poco sin historia. Pero cuando profundizamos dentro de los archivos e intentamos escuchar aquellas voces silenciadas por la burocracia de antaño, nos enteramos sobre la manera en que muchas personas sobrevivían ante un absorbente ambiente de desempleo y marginación, condiciones que para el Estado y las élites no fueron apremiantes dentro de las tareas de la política social. Estas circunstancias no fueron siquiera, por lo general, visibles y dignas de atención. Antes bien, se diseñaron y adecuaron aparatos de control social que no sólo tenían la intención de garantizar la seguridad en las calles y los caminos que eran amenazados por ladrones y bandidos sino que además pugnaron porque se conservara el orden jerárquico de la sociedad, criminalizando en el acto las actividades deshonestas de todos aquellos hombres que simulaban tener una vida honrada, de dedicarse a una profesión falseando la apariencia. Las leyes contra la vagancia del Siglo XIX todavía permanecían muy ligadas a las legislaciones antiguas. Desde la Independencia, se nutrieron de las últimas ordenanzas del Siglo XVIII y de las que, incluso, se valieron las cortes españolas; los vagos fueron concentrados en diversas figuras y comportamientos que tenían por común denominador la itinerancia, el vicio y la deshonestidad, conductas y tipos sociales que se suponía ponían al individuo a un paso del crimen. Resumiendo esta tipología social, en la Real Orden de 1745 se expuso que los vagos eran aquellos que no tuvieran oficio, hacienda o renta, de los que no se supiera de dónde provenía su subsistencia; al igual que los hijos de familia que asistían a las casas de juego y se hacían de malas compañías. También se optó por identificar a quienes frecuentaran parajes sospechosos y todos los que pidieran limosna sin aparentar algún impedimento físico. También se arremetió contra los que escandalizaran en la vía pública, los irreverentes y desobedientes hacia sus padres, los “distraídos” por amancebamiento, juego o embriaguez; quienes no veneraran a la justicia sin sentir temor de ella, los portadores de armas prohibidas, los que tuvieran oficio y no lo ejercieran. Asimismo se incluyó a los hombres que dieran mala vida a su mujer, los “gasteros, bolicheros y saltibancos”; quienes anduvieran y aseguraran su subsistencia con “máquinas reales, linternas mágicas, perros y otros animales adiestrados”; al igual que a los soldados inválidos que, teniendo sueldo, pidieran limosnas; los forasteros y prófugos que anduvieran de pueblo en pueblo, los que vendieran medicinas haciendo creer que eran “remedios aprobados para todas las enfermedades”, y los vendedores de “melcochas, cañas, dulces y otras golosinas”. Esta cargada tipología parecía amalgamar las primeras definiciones que desde el Siglo XVII se aplicaron al término vagancia. Concebidos de esa manera, los vagos fueron sancionados con penas correctivas y utilitarias, pues además de procurarles oficios y ocupaciones honestas, a la vez se buscó destinarlos a las obras públicas y servicios a las armas. La vagancia Para entender mejor la historia de la vagancia en Jalisco, es preciso saber que ésta viene asociada con la existencia de una institución hoy extinta en nuestro sistema judicial: el Jurado Popular, que no era sino el funcionamiento de recurrentes convocatorias obligatorias que el Estado hacía a los ciudadanos capaces de saber leer y escribir y de ser propietarios de rentas y bienes inmuebles. Esta clase de ciudadanos tenía la obligación de participar en la administración de la justicia, esto con el supuesto argumento de garantizar la ejecución de juicios entre iguales; no obstante, con su existencia también se persiguió el afán de someter al control a las masas populares. Una realidad en la que los propietarios y hombres dignos de prestigio tenían la facultad de decidir sobre la calidad de las personas que en definitiva eran sus subalternos. Pero, ¿por qué perseguir un comportamiento que en la actualidad parece estar totalmente fuera del interés de la justicia penal? O, retomando el caso del arriero Antonio Ramírez, ¿por qué había que andar por los caminos con un documento que avalara una vida honrada? Las razones obviamente se encerraron en las circunstancias mismas del Siglo XIX, en donde las sociedades industriales se consolidaban aceleradamente en México ante un creciente impulso que tuvo la vida fabril; además, este panorama tenía como trasfondo la incertidumbre política que atravesaba el país desde su misma Independencia, en donde la prioridad, a la vez de cimentar las bases de un orden político, en el mismo sentido la sociedad entera debía regirse al margen de un cúmulo de normas y leyes. Esto último debía conseguirse con disposiciones utilitarias que evitaban que los individuos permanecieran inclinados al ocio y la desocupación. Los reclutamientos forzados La leva, instrumento Injusto e indiscriminado contra sectores populares En octubre de 1875, Viviana Salazar acudió ante el jefe político de Guadalajara a quien le suplicó le fuera devuelto su hijo Melquiades Covarrubias, reclutado en el servicio de las armas por la Junta Calificadora. La señora se encontraba viuda, “sola y sin más recursos” que los que le otorgaba su único hijo. De la misma manera, Rafaela Vázquez se dirigió al jefe de la Cuarta División para pedir la libertad de su esposo Pablo Quijas, quien al estar “en busca de trabajo”, fue detenido en Sayula y depositado en el Batallón número 23; con la ausencia de su esposo, declaró, permanecería en “la mayor miseria”. También Lorenza García, quien solicitó la libertad de su hijo Dionicio Rodríguez tras manifestar que él era su único sustento debido a la muerte de su esposo. Así como Antonia Reveles, madre del joven Román López, quien tan sólo contaba con 15 años de edad y por entonces también se encontraba en el primer Batallón; sus razones no se alejaron de las anteriores, pues su hijo era el único que le sostenía, además de encontrarse enfermo. Esta clase de solicitudes fueron muy socorridas y en su mayoría fueron realizadas por mujeres —ya sea madres, esposas o hermanas— justo en los momentos en que las levas fungieron como el recurso más empleado para hacerle frente a las continuas sediciones declaradas ya no sólo en Jalisco, sino en gran parte del México rural de mediados del Siglo XIX. Los vagos, como era evidente, estaban en el alto riesgo de caer en los reclutamientos forzados. Sin embargo, ¿qué tan posible era que una persona cayera en la vagancia? ¿Era una condición que se adquiría con toda voluntad? Revisando la historia de Jalisco en el Siglo XIX y, en concreto, si realizamos una mirada profunda sobre los espacios más alejados de vida urbana y los sectores subalternos, es posible encontrar una sociedad inmersa en el empleo informal, esto en el mejor de los casos, ya que un trabajo más especializado, como cualquier oficio artesanal, era más factible ejercerlo ya fuera en Guadalajara o en los contados poblados que se ubicaban en zonas con mayor desenvolvimiento económico. Este ambiente sin más volvió, por designio de sucesivos decretos, vulnerable a amplios sectores que por razones involuntarias se encontraban desocupadas y que, para las leyes, no eran sino sujetos identificados como simples vagos. El número de brazos que cayeron en tales reclutamientos fue inmenso y tal vez incalculable, lo cual no resulta difícil entender ante la peculiar conformación histórica del Ejército en nuestro país, pues desde que México logró su Independencia, una de las tareas apremiantes fue precisamente la creación y fortificación de una milicia. A lo largo del Siglo XIX, las fuerzas del Ejército permanecían evidentemente debilitadas tanto en recursos como en el reclutamiento de contingentes, y si existió en Jalisco una época en que este procedimiento tuvo su momento más álgido, fue cuando Ignacio L. Vallarta ocupó el Gobierno del Estado en 1871 tras haber creado un decreto que intentó fortalecer los contingentes militares bajo la aplicación casi generalizada de los servicios a las armas contra todo vago y desertor, quienes debían ser ajusticiados en una sola sesión y remitidos a la capital del Estado para ser integrados a las fuerzas del Ejército. Así, solicitudes como la de Viviana Salazar importaron una fuerte denuncia contra las autoridades locales que indiscriminadamente colocaban en las filas del Ejército a trabajadores honrados que representaban el sustento de muchas familias, argumento que justificó una vez más la persecución contra vagos y de todo hombre que incurriera en delitos leves. Con estas inicuas medidas el Estado se hacía cargo de su responsabilidad de procurar la reinserción social de los transgresores del orden, que en lugar de brindarles la posibilidad de aprender un oficio y así lograr sus subsistencia, les aplicó una sistemática marginación que en el mejor de los casos los reintegró al mundo del delito. La leva fue uno de los instrumentos más indiscriminados e injustos que el Estado mexicano del Siglo XIX interpuso abierta y directamente contra los sectores populares, arrasando con jóvenes y adultos que a la fuerza debían servir a la nación. Tresillo en el Portal de Allende En 1888, personal de la Jefatura Política del Primer Cantón de Guadalajara acudió a una de las casas situada en el Portal de Allende, de la que sospecharon se jugaba a las cartas clandestinamente, ya que además de no haber sido habitada por familia alguna, contaba con una cantina y varias mesas de juego dentro de cada una de las piezas. Realizada la inspección, fueron detenidos e interrogados los seis individuos ahí concurridos, hombres que en su mayoría eran comerciantes, incluido el propietario de la finca, José Mendingacha, quien reconoció que dicha casa la mantenía con el objeto de ofrecer distracción a algunas personas con juegos de naipes, no usándose en el juego dinero, sino fichas con “valor ficticio”. Pese a que algunos de los asistentes detenidos negaron que en dicho establecimiento se jugaran albures, otros, como Manuel Arias, aceptaron que las pérdidas, cuando más, ascendían a los 10 ó 15 pesos, cantidades que, aseguró, en nada les perjudicaban porque las personas que concurrían eran “acomodadas, y no resienten por lo mismo una pérdida tan insignificante”. Con esta clase de argumentos era evidente que no quisieron situarse ante las autoridades como vulgares jugadores; por ejemplo, el comerciante Francisco M. Silva hizo mucho hincapié en que las personas que ahí asistían, eran “todas decentes”, además, las cantidades de dinero que se llegaban a jugar fueron insignificantes “en relación a los recursos o posibilidad de los concurrentes”. Aunque para 1888 el juego ya no quedaba emparentado con la legislación sobre la vagancia, el Código Penal le tenía dedicada una particular atención, pues a los jugadores se les sancionaba con severas multas económicas. Sin embargo, la morada del Portal de Allende estaba lejos de ser una casa ocasional para el gusto de los parroquianos jugadores, pues el inmueble estaba lo suficientemente acondicionado para albergar a ese grupo de invitados, para quienes la ilegalidad del juego sólo estribaba en el monto de las apuestas y, por supuesto, en el capital de los jugadores; tanto así que 15 pesos (aproximadamente el ingreso de dos meses de un labrador o jornalero), no representó gravamen alguno en sus economías. Por último, alegaron que al haber concurrido todos a un tresillo particular por medio de invitaciones personales, permanecían al margen de las leyes porque de esa manera no se convocaba al vulgo, lo cual implicaría que se invitara al lucro y por consiguiente, a la miseria de éste; sólo, aseguraron, se trataba de una “reunión particular” cuya única intención era divertirse. Para las autoridades, que terminaron por absolver a los inculpados aún a pesar de lo que sostenía el Código Penal, vieron a su criterio improbable la existencia de cualquier tipo de juego prohibido dentro de la morada situada en el Portal de Allende, no obstante las declaraciones de sus continuos visitantes. Por lo visto, aunque los juegos de azar estuvieron al alcance de todas las esferas sociales, a más de que las leyes impusieron su persecución desde el periodo novohispano, en la práctica judicial se desdobló un sesgo clasista en donde el juego sólo fue, si no permisible para pudientes y propietarios, sí menos reprimido que entre las clases populares. Puede afirmarse que esas distinciones no desaparecieron para el Siglo XIX, condiciones que de manera implícita conllevaron una idea sobre los juegos de azar en tanto sus asiduos y afanosos parroquianos. La mala fama En 1871, el policía del Séptimo Cuartel de Guadalajara, Anacleto Carrillo, aprehendió a Víctor González en el Puente de las Damas (que antiguamente conectaba a Mexicaltzingo con Guadalajara y hoy sepultado por Avenida La Paz) tras asegurar que éste no tenía oficio alguno además de ser ladrón en el camino real. De la misma manera, decidió ir en su contra por el robo de un caballo que le hizo a su cuñado en el pueblo de San Sebastián el Grande, lugar de donde ambos eran originarios y del que todo el pueblo estaba al tanto de sus robos y malos hechos. Asimismo, el inspector del mismo cuartel, Francisco Márquez, lo acusó de beber constantemente y de saberse su fama de ladrón, hecho que no pudo probar. A los pocos días, el juez segundo de lo Criminal de Guadalajara le hizo saber que “por la fama pública” le hacía los cargos de vagancia, robo y ladrón de camino real. Interrogado por el juez, González aseguró ser “hombre de bien” y dedicarse a la albañilería y a la venta de fruta. Agregó: “Niego todos los cargos que me hacen mis acusadores, pues son calumnias tal vez porque no me quieren”. Las declaraciones subsecuentes no se inclinaron a su favor, ya que la “pública voz y fama” de los vecinos de San Sebastián el Grande lo habían identificado como un “hombre pernicioso a la sociedad” y de no dedicarse al trabajo “con la frecuencia que exige su pobreza”. Nuevamente, la mayoría de los declarantes nunca tuvo certeza fiel sobre sus actos; no obstante, aquella carga que el vulgo acuñó sobre González lo condenó a ocho meses de trabajos forzados y a cuatro años de deportación. Durante buena parte del Siglo XIX en la justicia mexicana existió un instrumento legal capaz de comprometer la vida de muchos sujetos ante las leyes, y éste no fue sino el recurso o testimonio de la fama pública, concepto que venía desde las leyes alfonsinas del Siglo XIII y que, al paso de los siglos, fue consolidándose como un recurso de prueba en la administración de justicia. Así, permanecer desocupado, sobre todo a la vista de los demás, no fue durante el contexto aquí estudiado una de las maneras por las que se podían mover libremente las personas. Se había que estar siempre ocupado sin importar que las inclemencias climáticas impidieran las labores en el campo, sin importar siquiera que en los pueblos no existieran los talleres, los comercios o la gente suficiente que fuera capaz de emplear a los desocupados. Si se hacía todo lo contrario los hombres figurarían como perniciosos a la sociedad, y por ende, sujetos a las leyes privativas. No obstante, algo que hay que enfatizar es que las leyes frecuentemente se prestaron a la manipulación popular. La lógica del delito en México, cuya trayectoria se creía que iniciaba en la pobreza, fue más una respuesta fácil que una verdadera interpretación que la opinión pública del Siglo XIX dio a la criminalidad, pues visto es que se regía por la moral burguesa. Jalisco por entonces no tenía el mejor de los escenarios y el bandidaje era el tema que marcaba el pulso de las rotativas de importantes semanarios. Había que detener el germen de dicho mal a como diera lugar y lo más usual fue arremeter contra la multitud inmensurable de hombres que caían en la categoría de vagos. La concepción del delito, además, involucró un prejuicioso señalamiento sobre las apariencias, pues entre más se evidenciaran los rasgos indígenas, entre más se tuvieran tatuajes, o entre más se mostraran las carnes con harapos sucios, más cerca se estaba del tipo criminal. Ahora entendemos que la vida de muchos jaliscienses del Siglo XIX debía sortear distintos obstáculos y arbitrariedades legales para poder realizar una vida que difícilmente estaba lejos de la vista de los demás. Si en nuestros tiempos es indispensable contar con documentos y referencias personales y de parentesco casi para cualquier operación institucional y particular, en el Siglo XIX el mismo papel jugó la fama pública, la cual, de ser a favor, evitaba que muchos fueran señalados y sujetos a un proceso judicial. Y si en el contexto aquí abordado se ha registrado un número elevado de vagos, lo fue, en gran medida, por el poder del juicio y la voz del pueblo que, tal vez sin certezas, arruinó la vida de sus muchos indeseables. Miguel Ángel Isais Contreras, académico de la Universidad de Guadalajara. 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