Viernes, 29 de Noviembre 2024
Jalisco | Abogado afirma que el único error podría ser la tardanza para presentar el proyecto de presupuesto a la Comisión de Hacienda

Señalan como “infundadas” las causas graves para destitución de Briseño

El CGU dio a conocer 14 “causas graves” por las Carlos Briseño Torres fue destituido

Por: EL INFORMADOR

GUDALAJARA, JALISCO.- La revelación por parte del Consejo General Universitario (CGU) de la Universidad de Guadalajara (UdeG), en su última sesión del pasado viernes, de las 14 “causas graves” por las que el ex rector general de la casa de estudios, Carlos Briseño Torres, fue destituido el pasado 29 de agosto, son para su equipo de defensa legal “una muestra de que su remoción del cargo fue totalmente infundada y sin apego a derecho”.

Por lo menos, es lo que afirma su representante legal en el litigio para recuperar la Rectoría General, Víctor Manuel Peña Briseño, quien, ante los 14 puntos expuestos el pasado viernes por el secretario general de la UdeG, Alfredo Peña Ramos, señaló que no existe un artículo dentro de la Ley Orgánica de la casa de estudios, que precise los criterios para ejecutar una destitución como la padecida por Briseño Torres.

El abogado del ex rector general, quien públicamente se muestra como el defensor legal desde la tarde del 29 de agosto en que éste fue destituido, aseguró que dichos elementos podrían ser incluso considerados como una prueba para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tenga más elementos que favorezcan una sentencia a favor de su cliente.

En este sentido,  señaló que el único artículo mencionado en la Ley Orgánica en torno a las 14 “causas graves”, es el que hace referencia a la tardanza para presentar el proyecto de presupuesto a la Comisión de Hacienda; sin embargo, “esa no es ninguna justificación para remover del cargo a un rector general, como ocurrió con Carlos Briseño”.

Por lo pronto, el defensor jurídico señaló que la lucha legal continúa en los tribunales federales, y mostró confianza en que la sentencia del juez tercero de Distrito en Materia Administrativa, y la de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en torno al caso, favorecerán a su cliente.

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