Jalisco | Desechan modificaciones al reglamento municipal Guadalajara frena sanciones más severas para grafiteros El pleno del Ayuntamiento tapatío desechó una reforma para que este ilícito fuera considerado sólo como delito y no como falta administrativa Por: EL INFORMADOR 18 de agosto de 2012 - 03:17 hs El grafiti está presente prácticamente en toda la ciudad, tanto en espacios públicos como en propiedad privada. / GUADALAJARA, JALISCO (18/AGO/2012).- “Erráticos cuantos de disidencia”, expresiones, no de una guerra civil molecular, más bien de una ira “en el punto cero de la articulación”, que parece dirigirse contra todo lo que sigue “íntegro”. El filósofo Peter Sloterdijk ha escrito sobre las nuevas formas de la inconformidad, de la “hostilidad contra el mundo y contra todo lo existente”. Recientemente el Ayuntamiento de Guadalajara estuvo a punto de reformar su cuerpo de normas para endurecer su respuesta al grafiti, el que puede ser falta administrativa, y delito, y medio de expresión, y arte urbano también, pero se rechazó de último minuto. El área legal del Gobierno municipal, su Sindicatura, planteó que la autoridad municipal dejara de considerar al grafiti como una falta administrativa, para que comenzara a ser únicamente delito, lo que hubiera obligado a los jueces municipales a remitir automáticamente a todos los detenidos por ese motivo al Ministerio Público (MP). Es decir, se eliminaba la posibilidad de que los aficionados al grafiti pudieran recibir sólo una sanción menor dentro del ámbito administrativo, para dejar, entonces, una vía exclusiva para el abordaje institucional de esta actividad: la penal, a manos del MP y en el marco del Código Penal del Estado, y en la que ya no intervendría la justicia municipal. Esto hubiera llevado a que, si hoy en día seis de cada 10 casos se resuelven al interior de los Juzgados Municipales, y sólo cuatro en el MP, en el nuevo esquema que se buscaba la totalidad de los incidentes serían desahogados por la Procuraduría General de Justicia del Estado de Jalisco (PGJEJ). La Sindicatura promovía la reforma reglamentaria argumentando que el grafiti, tanto en países europeos (España), como americanos (Argentina, Chile, Perú, Venezuela, Guatemala, etc.), está tipificado como un delito (aunque no aclara, sin embargo, si únicamente como delito o también como falta administrativa), al igual que, a nivel nacional, en entidades federativas como Querétaro, Veracruz, Guanajuato, Michoacán, Nayarit, el mismo Distrito Federal o Baja California, donde se denomina “daño en contra de la imagen urbana”. La autoridad municipal intentaba atajar de otra manera este malestar que toma forma pictórica, resultado de una ira “difusa” que, refiere nuevamente Sloterdijk, se quedó sin instituciones, discursos o teorías que la articularan moralmente, y la condujeran políticamente. “Una radical apatía que se niega a cualquier tipo de configuración y de cultivo (...) ya no sabe nada más de la estrecha relación entre sensación de valores, sensibilidad jurídica y capacidad de rebelión, matriz de toda cultura de irritación democrática (...) No quieren saber nada de que quizá se convertirían en el partido más poderoso si, en general, fueran capaces de tomar partido por algo, aunque fuera por sus propios intereses”. La propuesta de reforma reglamentaria llegó hasta el mismo pleno del Ayuntamiento de Guadalajara, pero fue rechazada al no considerarse conveniente el cambio que promovía. Para entender por qué se rechazó y la autoridad municipal optó por seguir en la misma dinámica de la actualidad, está la fundamentación a la que llegó la Comisión de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia tapatía: “No resulta benéfico y conveniente para los fines que persigue la misma, ya que consideramos que el tema del grafiti resulta un tema muy complejo y con más matices sociales y antropológicos, que meramente juristas, por ello, el que a los ciudadanos de Guadalajara se les trate como presuntos delincuentes cuando se encuentren inmersos en un hecho que involucre posible grafiti, no resulta adecuado para los fines sociales que persigue el municipio, que, entre otros, está el de resolver la problemática social desde la cultura de la prevención y de la justicia social”, señala el dictamen de la Comisión de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia de Guadalajara. El Ayuntamiento tapatío decidió que, de volver al grafiti un asunto de competencia exclusiva del MP, se limitaba el actuar de los jueces municipales que ya no podrían valorar, como un filtro previo a la instancia ministerial, si hay elementos suficientes para presumir la comisión de esta falta administrativa y delito, para que, en caso de no haberlos, se pueda dejar en libertad inmediata a la persona y se le evite su paso por la PGJEJ. Actualmente sólo hay un supuesto bajo el cual la persona que detiene la Policía tapatía por grafiti debe pasar directamente al MP, y no a los Juzgados Municipales, y es cuando se trate de un menor de edad, pues las instancias del Gobierno municipal no pueden retenerlo. La reforma que no se concretó Reglamento de Policía y Buen Gobierno de Guadalajara (Vigente) Artículo 13, fracción XXVIII: “Causar daño o afectación material o visual a bienes inmuebles de propiedad particular empleando cualquier medio, que altere su presentación u ornamento, será sancionado de 50 a 100 salarios mínimos o 36 horas de arresto”. Propuesta rechazada: “Causar daño o afectación material o visual a bienes muebles e inmuebles de propiedad particular utilizando cualquier sustancia o cualquier medio plasme signos, códigos, mensajes, figuras, dibujos o cualquier otra representación, sin consentimiento del dueño o de quien legítimamente posea la cosa, modificando su apariencia original, serán remitidos de manera inmediata al Ministerio Público competente, para que él asimismo dadas las circunstancias del ilícito, remita al juez del fuero común que sea competente al momento y éste dicte su sentencia”. Estadística Resolución de los jueces municipales a las personas detenidas por grafiti 2010 2011 2012 Total Tipo penal (delito, se remitió a MP) 54 31 9 93 Tipo administrativo (falta administrativa) 74 43 26 143 Total 128 43 35 237 FUENTE: Secretaría de Justicia Municipal de Guadalajara. Periodo 2010 al 31 de julio de 2012. Repercusiones Limpieza de inmuebles afectados en Guadalajara (metros cuadrados) Año Muro Cantera 2011 240,495 17,187 2012* 170,211 5,374 FUENTE: Secretaría de Servicios Públicos Municipales *hasta el 7 de agosto. La mayoría, faltas administrativasCuatro de cada 10 detenidos son remitidos al MP El grafiti en la ciudad de Guadalajara es un fenómeno al que las autoridades abordan más como una simple falta administrativa que como un hecho delictivo en sí. El Poder Legislativo prepara actualmente sanciones penales más severas para ello, representantes del movimiento lo “repudian”, al final, la mayoría de los casos ni siquiera llegan a las manos del Ministerio Público (MP). Esto es, de cada 10 personas que son detenidas por la Policía de Guadalajara por dañar propiedad privada o pública con grafiti, seis reciben un castigo impuesto dentro del mismo ámbito administrativo por los Juzgados Municipales, mientras que sólo cuatro son remitidos al MP para darle un cauce penal a los hechos. Naturalmente las sanciones para el grafiti consideradas en el Código Penal del Estado son más severas que las establecidas en el Reglamento de Policía y Buen Gobierno de Guadalajara. No sólo en el monto de las multas, en el primero, incluso, se contempla la cárcel cuando hay reincidencia. Delito o falta administrativa Si el grafiti, en términos legales, es falta administrativa y es delito, ¿cuándo es una y cuándo lo otro? El titular de la Secretaría de Justicia Municipal de Guadalajara, Ignacio Quintero Stoupignan, lo explica claramente, en medio está una variable: cuando hay un propietario que señala al detenido como el responsable del daño a su bien, se tratará como delito, y cuando no, sólo como una falta administrativa. Esto ha llevado a esta situación en la que los casos de grafiti se resuelvan más por la propia autoridad municipal, a través de sus jueces, en el ámbito administrativo, sin que intervenga el MP y sin que se aplique el Código Penal estatal. Las sanciones administrativas que se imponen en los Juzgados Municipales no pueden ir más allá de una multa de 100 salarios mínimos (seis mil 057 pesos) o, de no querer pagar, un arresto hasta por 36 horas. No más. Estos castigos pecuniarios de los jueces para el grafiti, ya en la práctica, rondan por generalidad los 60 salarios mínimos (alrededor de tres mil 600 pesos). Mientras tanto, tan sólo en el periodo de 2011 a agosto de 2012, la Secretaría de Servicios Públicos Municipales ha tenido que limpiar una superficie total afectada por grafiti que superó las 43 hectáreas de los muros de la ciudad de Guadalajara, tanto públicos como privados. Qué hacen los jueces municipales Con las estadísticas de la Secretaría de Justicia Municipal tapatía se puede conocer cómo ha procedido la dependencia ante los daños que se ocasionan con grafiti en propiedad privada o pública, de lo que resulta que la manera de penarlos ha sido, principalmente, con el arresto, pues ocho de cada 10 detenidos fueron llevados para ello a las celdas de la Dirección de Prevención Social Municipal (78.3%). El resto pagó su multa (16%) o terminó con sólo una amonestación del juez municipal (5.5%). Qué dice el Código Penal Daño al patrimonio urbano Artículo 261 Bis. A quien utilizando cualquier sustancia o por cualquier medio plasme signos, códigos, mensajes, figuras, dibujos o cualquier otra representación, en bienes muebles o inmuebles, sin consentimiento del dueño o de quien legítimamente posea la cosa, modificando su apariencia original, se le impondrá de diez a cincuenta jornadas de trabajo a favor de la comunidad y multa de cincuenta a doscientos diez días de salario mínimo. La sanción se aumentará hasta en dos terceras partes de la señalada en el párrafo anterior, cuando este delito afecte bienes de dominio público, monumentos, edificios, o sitios de valor histórico o arquitectónico, o se perjudique bienes de cantera, piedra, o cualquier otro material de difícil o imposible reparación. Al reincidente se le aplicará además, la pena de dos a cuatro años de prisión. Multas y trabajos comunitarios a infractoresLos castigos en España En ciudades de España, la pinta de grafitis se sanciona económicamente, aunque el infractor también puede ser condenado a trabajos a la comunidad y juzgado bajo supuestos como el delito contra el patrimonio histórico. Por ejemplo, la Comunidad de Madrid aumentó en 2010 la pena, para situarla entre los mil 500 y tres mil euros (de 25 mil 500 a 51 mil pesos, según el tipo de cambio). Establece la sanción económica en el artículo 20 de la Ley 3/2007, del 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid, que también recoge la Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y Gestión de Residuos de Madrid; no obstante, indica: “El infractor podrá solicitar la sustitución de la multa por la obligación personal de realización de trabajos de limpieza de pintadas en la vía pública, en las condiciones que fije el órgano competente para la imposición de las sanciones, que serán proporcionadas a la entidad del daño producido”. Como ejemplo, dos grafiteros que fueron sorprendidos en mayo pasado haciendo pintas en diferentes elementos del mobiliario urbano en Torrelodones, fueron condenados por un juez a cuatro días de trabajos para la comunidad, para que limpien el mayor número de grafitis posible en el municipio al Norte de la Comunidad de Madrid. Además, deberán pagar, al 50%, 864 mil 061 euros, por los daños causados. Las sanciones para los infractores incluyen la multa y la reparación del daño. Temas Ayuntamiento de Guadalajara Municipios Grafiti Lee También "Gracias a mi manada que me hace más animal": Gabriela Cabezón Cámara Cine al aire libre en Guadalajara: Cartelera del 5 al 8 de diciembre Jesús Alberto Arellano Rodríguez, homenajeado como Bibliotecario 2024 en la FIL FIL pone en centro de debate los derechos humanos de los migrantes Recibe las últimas noticias en tu e-mail Todo lo que necesitas saber para comenzar tu día Registrarse implica aceptar los Términos y Condiciones