Por: Lena Alejandra Brena Ríos(Maestra en Sociología Política por el Instituto Mora y candidata a doctora en Ciencias Sociales por la UNAM)Desde el pasado viernes 19 de junio, las noticias han dado cuenta de la celebración por el colectivo LGBTTI y simpatizantes del fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a favor del matrimonio de personas del mismo sexo. Los análisis jurisprudenciales pueden leerse en los diversos artículos y notas que circulan por la red.Las consecuencias jurídicas del reconocimiento legal de este acto civil se pueden resumir en: 1) la igualdad ante el matrimonio civil heterosexual, 2) el reconocimiento de derechos de los signantes del contrato y 3) los antecedentes para la jurisprudencia que sienta. A grandes rasgos podemos dar cuenta del fenómeno democrático liberal de reconocer derechos y promover la igualdad y la no discriminación.Ahora bien, aún no podemos saber el impacto social del fallo en la socialización y masificación de la demanda del matrimonio por personas del mismo sexo. Podemos decir, sin embargo, que la demanda de este colectivo social y su movilización resulto efectiva en términos de la exigibilidad de derechos.Ante esta nueva circunstancia, resulta pertinente preguntarnos: ¿es acaso este triunfo de la movilización, un triunfo del establishment? Es decir, el matrimonio no sólo es el contrato civil que más está entrando en desuso, sino que en su ejercicio se reconocen prácticas “heterosexuales” arraigadas como la violencia, la desigualdad y el sexismo.Cada vez es más evidente que las parejas del mismo sexo también son violentas, discriminatorias y desiguales. Es por esto que el debate social se debe generar a partir del uso del matrimonio con arreglo a fines individuales (propiedad) y no tanto como un arreglo con fines democráticos (comunidad).Así como en las parejas heterosexuales, ligadas o no por un contrato civil, estas prácticas se están revisando, y en las parejas del mismo sexo tendría que darse este debate.A su vez, este fallo se da en un contexto sumamente agudo en materia de corrupción, desigualdad e injusticias sociales, un ambiente político permanente, que desentona con el triunfo de esta demanda. ¿A los políticos les preocupa este fallo?Hasta ahora, ningún actor ha tenido el desatino de atribuirse este fallo como su victoria política, pero tampoco les preocupa, y no les conviene profundizar en el tema por la polarización que genera, especialmente en el clima postelectoral que se caracteriza por ajustar compromisos, pagar lealtades y distender conflictos, administrando los triunfos con discursos conciliadores.Podemos ya prever que esta discusión estará presente en la arena electoral hacia 2018, pero sin que sea un tema prioritario, excepto para ciertos sectores sociales que siempre lo incluyen en su agenda como parte de la cuota de progresismo democrático y de materia de derechos humanos “de cajón”. Esperemos que este fallo no nos distraiga de temas igual de pertinentes como el combate a la corrupción o la igualdad sustantiva, y se le quite ese halo de frivolidad que con frecuencia suscita.