La Secretaría del Trabajo de Jalisco reporta que en los primeros seis meses de 2020 resolvió mil 904 juicios laborales individuales entre trabajadores y patrones: una cuarta parte de los siete mil 988 proyectados para solucionar en este año.También equivalen a una quinta parte de los 10 mil 263 expedientes solucionados en 2019, por lo que se evidencian las afectaciones de la crisis sanitaria.El objetivo planteado en este rubro, indica la Secretaría, es garantizar el acceso a la justicia pronta, expedita, completa e imparcial para mantener la paz social y un estado democrático y de derecho, mediante mecanismos de transparencia y justicia abierta, eficiencia procedimental y el fortalecimiento de capacidades institucionales.La dependencia destaca que en el primer semestre ha solucionado 34.23% de los emplazamientos a huelga, que representa la cifra más baja de los últimos cinco años en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado.Ante la pandemia, también se incumple con la meta proyectada para resolver 56.8% de los avisos a los conflictos colectivos entre los sindicatos y los patrones o los representantes de las fuentes de trabajo.Se solicitó una entrevista con la dependencia, pero no se concretó.Ana Reyes lleva desempleada toda la pandemia. En abril pasado la despidieron de la empresa en la que laboraba y desde entonces no encuentra un empleo que le permita cubrir sus gastos.Explica que los sueldos son “muy bajos” y no son suficientes para pagar una guardería para su hijo, por eso se regresó a vivir con sus papás.“En un ocasión me ofrecieron cuatro mil 500 pesos, pero con eso no me alcanza para mantenernos. Además, son muchas horas. En otra ocasión, un trabajo estaba cerca de mi casa, pero con condiciones muy malas”.Debido a la situación por el coronavirus y porque su hijo estudia desde casa, decidió comenzar a vender artículos de belleza y para el hogar, además de bolsas reciclables.Sobre su despido anterior, que considera injustificado, acentúa que ha pensado en acudir a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, pero le comentaron por teléfono que los asuntos estaban “pausados”.La dependencia anunció la ampliación de la suspensión de labores y términos legales de las 17 Juntas Especiales de Conciliación y Arbitraje de Jalisco, con la opción de retomar actividades el lunes 27 de julio. Sin embargo, el plazo podría volver a extenderse, ya que este acuerdo ha tenido prórrogas desde el 17 de marzo, cuando dio inicio la suspensión de labores. Esto significa que ya van cuatro meses en esa situación. Del mismo modo, habilitaron las notificaciones de los acuerdos y las resoluciones que no tengan fecha de audiencia.El Gobierno de Jalisco emitió el acuerdo DIELAG ACU 045/2020, a través del cual precisó la ampliación de la suspensión de términos y plazos para los trámites administrativos hasta finales de julio. Y delegó a los titulares de las dependencias y entidades de la administración pública municipal de Jalisco la facultad para emitir y publicar acuerdos para extender la suspensión de términos y plazos que en su caso se decrete en cualquier proceso, procedimiento o trámite de su competencia, que en este momento no sea considerada como esencial o indispensable para la prestación de los servicios o la provisión de los bienes a la sociedad, en la forma que cada organismo lo determine.La operaciónLa Secretaría del Trabajo informa que la atención al público se mantiene mediante cita previa, en el teléfono 33-3030-1000, en las extensiones:El pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje aprobó que el pasado 13 de julio iniciara la habilitación de acuerdos y resoluciones que no tengan fecha de audiencia, como los laudos, las interlocutorias y las prevenciones.El acuerdo permitirá desahogar paulatinamente los trámites ante las 17 Juntas Especiales de Conciliación y Arbitraje del Estado.El titular de la dependencia, Marco Valerio, subrayó que se trabaja a puerta cerrada en la planeación y los trámites administrativos. Aclaró que la habilitación de acuerdos no corre los términos jurídicos hasta el reinicio de actividades de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.También reiteró que se mantiene el proceso de recepción de las demandas iniciales en los módulos ubicados en la explanada de las instalaciones de la Secretaría del Trabajo, con un horario de las 8:00 a las 16:00, de lunes a viernes. Los documentos que se reciben vía Oficialía de Partes deberán tener la leyenda: “Se reciben en días inhábiles”.Se recomienda que solamente acuda el interesado o el representante jurídico, respetando los protocolos de salud, como el uso obligatorio de cubrebocas y la aplicación de gel antibacterial.TELÓN DE FONDOEn febrero pasado, este medio publicó que el secretario del Trabajo en Jalisco, Marco Valerio, informó que la conciliación y los convenios serían una política para mejorar la justicia laboral.Adelantó que pretenden una mejor organización mediante tribunales específicos, la desaparición paulatina de las Juntas, la creación del tema de la conciliación para evitar que todo se judicialice y que la justicia pueda darse en la primera instancia en Jalisco.“Nadie está exento de que existan diferencias entre el empleador y el empleado, pero eso no quiere decir que se tenga que resolver con un laudo, se puede resolver con una conciliación, puede haber una incorrecta apreciación o interpretación, que al momento en que la autoridad forme parte de esta dinámica de conciliación, se evite”.Dijo que la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) dejará de recibir demandas en el año 2022. Esto no quiere decir que se concluyan los procesos, ya que tendrá que desahogar los miles de expedientes que están pendientes.“La ley establece procedimientos para que puedan, en su caso, caducarse o prescribir, según la institución que corresponda… y como consecuencia poder reducirlas”.GUÍA—Si cierra el establecimiento donde trabajo, ¿pueden despedirme?—Los empleadores no pueden despedir a los trabajadores por la contingencia sanitaria que se enfrenta; sin embargo, pueden negociar descansos, jornadas de medio turno o trabajo a distancia.—¿Me pueden obligar a que los días que nos dan para no asistir a trabajar, sean de mis vacaciones?—No necesariamente, se podrá negociar con la fuente de empleo la toma de las vacaciones en términos administrativos, a fin de que se ausente del trabajo por la contingencia sanitaria, aunque no precisamente sea con el objetivo de esparcimiento, sino con un fin de salud pública.—En caso de enfermedad por gripe y tos, ¿pueden descansar a las personas sin goce de sueldo?—Si el empleado y empleador lo acuerdan, puede suceder a través de la figura de las vacaciones y los permisos, entre otros. Sin embargo, el patrón está obligado a que las personas con síntomas del COVID-19 permanezcan aisladas en casa. De poder ejecutar sus actividades a distancia, las podrá realizar.—¿Qué puedo hacer si la empresa donde trabajo no atiende las medidas de higiene?—Denunciar ante la Secretaría del Trabajo, al número 33-3030-1000, extensión 0, para que un inspector asista a su centro de trabajo y en un tono de diálogo exhorte a los empleados a cumplir con las medidas sanitarias. De no hacerlo, podrían hacerse acreedores a sanciones administrativas.—Si soy una persona vulnerable y me mandan a casa, ¿me deben pagar?—Le pueden pagar siempre y cuando exista un acuerdo entre el empleado y el empleador, por el tema de la contingencia. Su patrón está obligado a diseñar instrumentos para que trabaje a distancia, en caso de que la naturaleza de su trabajo lo permita. De lo contrario, podrá negociar días de vacaciones, descansos u otra figura.Fuente: Secretaría del Trabajo.SALDOLos criterios para el botón de emergenciaSigue: #DebateInformador¿Qué opina del trabajo de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje?Participa en Twitter en el debate del día @informador