Sábado, 23 de Noviembre 2024

Veracruz busca despenalizar aborto en niñas víctimas de pederastia

La diputada local Ivonne Trujillo propone una reforma al artículo 154 del Código Penal del Estado para garantizar a este sector vulnerable el derecho a la salud

Por: El Informador

El Código Penal veracruzano permite acceder al aborto sin responsabilidad a aquellas mujeres del delito de violación, mas no así a las víctimas de pederastia. EL INFORMADOR/ARCHIVO

El Código Penal veracruzano permite acceder al aborto sin responsabilidad a aquellas mujeres del delito de violación, mas no así a las víctimas de pederastia. EL INFORMADOR/ARCHIVO

El Grupo Legislativo MC-PRD-DSP en el Congreso de Veracruz presentó una propuesta de reforma legal para despenalizar el aborto en menores de edad cuando el producto sea resultado de pederastia.

Fue la legisladora del Partido Movimiento Ciudadano, Ivonne Trujillo Ortiz, quien presentó una iniciativa de reforma al Código Penal de Veracruz.

Durante sesión ordinaria del Congreso del Estado, la diputada explicó que de acuerdo datos del Colectivo Equifonia A.C., la mayor cantidad de niñas abusadas sexualmente y obligadas a tener un bebé se encuentran en el segmento de los 12 años.

Entre 2008 y 2018 se tiene un registro de 696 casos de niñas de 12 años. Les siguen menores de 11 y 10 años de edad con 300 y 223 casos, respectivamente.

En el Código Penal para Veracruz, no se castiga el aborto sólo cuando es causado por imprevisión de la mujer embazada, así como cuando el embarazo sea resultado de una violación o de una inseminación artificial no consentida, siempre y cuando que se practique dentro de los 90 días de gestión; de no provocar la mujer embarazada quede en peligro de muerte a juicio del médico.

Y, a juicio de dos médicos exista razón suficiente de que el producto padece una alteración que de como resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos o mentales graves y se practique con el consentimiento de la mujer embarazada.

La congresista agregó que el Código Penal sólo permite acceder al aborto sin responsabilidad a aquellas mujeres víctimas del delito de violación, mas no así a las víctimas de pederastia.

"Lo que trae como resultados que las disposiciones como la NOM-046-SSA2-2005, dejen desprotegidas a las víctimas del delito de pederastia, lo que significa que las niñas y adolescentes quedan en un estado de indefensión al acceso legal de una interrupción de embarazo (aborto) sin caer en alguna responsabilidad judicial", denunció.

Ante ello propuso adicionar una fracción al diverso 154 del Código Penal del Estado, para que precisamente se considere la pederastia como una cusa no punible tratándose del delito de aborto y, así garantizar a este sector vulnerable el derecho a la salud.

JM

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