Viernes, 22 de Noviembre 2024

Tribunal ordena reabrir caso "Games of Thrones", en Puebla

Piden al INE analizar una queja promovida por Morena por el uso de propaganda política vinculada a publicidad de la serie

Por: SUN

Enrique Cárdenas, candidato a la gubernatura de Puebla, aparece en una imagen rodeado con escenografía de la serie de HBO y con la leyenda

Enrique Cárdenas, candidato a la gubernatura de Puebla, aparece en una imagen rodeado con escenografía de la serie de HBO y con la leyenda "2 de junio. Esta es la batalla decisiva por Puebla". ESPECIAL

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Junta Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Puebla volver a analizar la queja promovida por Morena por el uso de propaganda política vinculada a publicidad de la serie "Games of Thrones" y resolver si proceden o no medidas de retiro cautelar.

El representante de Morena ante la Junta Local del INE en el estado, Juan Pablo Cortés, denunció la aparición, en la cuenta de Twitter del candidato común de PAN, PRD y Movimiento Ciudadano al gobierno de Puebla, Enrique Cárdenas, de una imagen en la que éste aparece rodeado con escenografía de la serie de HBO y con la leyenda "2 de junio. Esta es la batalla decisiva por Puebla".

El montaje, mismo que fue enviado a Cárdenas por estudiantes de diseño afines a su postulación, y que él retomó para subir a su red social el pasado domingo 14 de abril, fue denunciado pues "podría vulnerar la equidad en la campaña" al aprovechar publicidad comercial para posicionar electoralmente al abanderado, pero la Junta Local del INE rechazó medidas cautelares.

ESPECIAL

Ese acuerdo fue revocado hoy por unanimidad de los magistrados, que ordenaron a la Junta Local admitir nuevamente la denuncia de Morena y realizar un análisis preliminar para determinar si procede o no bajar la publicación con base a la materia que fue denunciada, es decir, presunta vulneración a leyes electorales.

De acuerdo a la sentencia, al analizar el caso la Junta valoró otros elementos y no lo denunciado, amén de que hizo un análisis de fondo, lo que no corresponde a la etapa de resolución de una medida cautelar.

Por ello, los magistrados establecieron que la Junta se limitó a analizar que la publicación denunciada podría ser contraventora en normas de derechos de autor, propiedad industrial o intelectual o normas sobre derecho marcario, "pero omitió considerar que la queja de Morena versó sobre una posible infracción a normas de difusión en materia electoral que violan el principio de equidad en materia electoral.

"Es claro que la autoridad realizó un análisis preliminar parcial de los hechos expuestos en la queja, aunado a que no podía desecharla argumentando que la conducta denunciada no es violatoria de los principios de equidad" pues esos pronunciamientos rebasan los alcances que corresponde realizar a la Junta Local del INE.

Esto es porque al INE y su Junta Local, en este caso, sólo le compete analizar si preliminarmente se advierte que puede haber un riesgo para la equidad, para en su caso determinar si era o no procedente una medida cautelar de retiro de la propaganda denunciada.

Los juicios de valor, es decir pronunciamientos de fondo como los que hizo la Junta, corresponden a la Sala Regional Especializada el TEPJF al resolver el procedimiento especial sancionador y no al INE en la etapa de análisis y emisión de acuerdos de medidas cautelares.

JM

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