Domingo, 24 de Noviembre 2024

Tribunal cancela orden para frenar la construcción del Tren Maya

Resuelven que el ramo de la construcción es considerado actividad esencial, por lo que los trabajos pueden continuar durante la emergencia sanitaria

Por: SUN

Determinan que los trabajadores de la obra no están en riesgo de contagiarse de COVID-19. NTX/ARCHIVO

Determinan que los trabajadores de la obra no están en riesgo de contagiarse de COVID-19. NTX/ARCHIVO

Un tribunal federal canceló la orden de frenar la construcción del Tren Maya al considerar que los trabajadores de la obra no están en riesgo de contagiarse de COVID-19.

El Tribunal Colegiado en materia Administrativa del Vigésimo Circuito resolvió un recurso de queja tramitado por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) contra la suspensión provisional concedida por el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo y Juicios Penales Federales de Chiapas que frenó la obra.

En su resolución, los magistrados indicaron que el ramo de la construcción es considerado por la Secretaría de Salud como una actividad esencial, por lo que los trabajos pueden continuar durante la emergencia sanitaria.

"Es incuestionable que con apoyo en lo dispuesto en los citados acuerdos, los cuales contienen disposiciones de orden público, se debe de negar la suspensión provisional, y dejar que la empresa o empresas encargadas de la Construcción del Tren Maya, continúen con la ejecución de ese proyecto, hasta en tanto no se emita una disposición en sentido contrario por parte de la dependencia encargada de establecer los lineamientos que deben adoptarse para proteger la salud de los habitantes de la nación con motivo de la propagación del virus conocido como COVID-19, quien ya determinó al ramo de la construcción como una actividad esencial", señalaron.

La demanda de amparo fue presentada por habitantes del pueblo maya Ch'ol, quienes lograron que la suspensión que les fue concedida se extendiera a la paralización de los trabajos de construcción en Palenque, Salto de Agua y Ocosingo.

En su queja, el Fonatur impugnó la suspensión provisional pero aún falta que el juez de Distrito resuelva sobre la suspensión definitiva donde podría reiterar su criterio original o retomar el del Colegiado.

JM

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