Arturo Zaldívar presentó su carta de renuncia como ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al Presidente Andrés Manuel López Obrador quien, de aceptarla, deberá dar a conocer en las próximas semanas una propuesta de candidatos."Mi ciclo en la Corte ha terminado", comentó Zaldívar en un mensaje que publicó en sus redes sociales. Estaba en el cargo desde diciembre de 2009. Por su parte, como reacción, el Presidente Andrés Manuel López Obrador declaró:"Estoy pensando en la terna, y fíjense que me estoy inclinando por presentar tres mujeres. Tengo más ventajas con las mujeres porque la mujer es más honesta, más definida, muy trabajadora, tiene muchas virtudes y a mí en la administración pública, desde el gobierno a la Ciudad, que eran más mujeres las del gabinete que hombres, me ayudaron mucho y ahora las mujeres me están ayudando muchísimo", dijo López Obrador.Es el Presidente Andrés Manuel López Obrador quien deberá enviar una terna de candidatos o candidatas al Senado quien deberá elegir a uno. El Senado designará al ministro por una votación de las 2/3 partes de los miembros del Senado presentes. Si los legisladores, eventualmente, no decidieran por ninguna de las propuestas del Ejecutivo federal, sería el Mandatario qiuen finalmente decida quién ocupará el cargo.Al pie de la letra, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos describe cómo es el procedimiento:Art. 96.- Para nombrar a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia, el Presidente de la República someterá una terna a consideración del Senado, el cual, previa comparecencia de las personas propuestas, designará al Ministro que deba cubrir la vacante. La designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, dentro del improrrogable plazo de treinta días. Si el Senado no resolviere dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de Ministro la persona que, dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República.En caso de que la Cámara de Senadores rechace la totalidad de la terna propuesta, el Presidente de la República someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior. Si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República.Artículo 95.-Para ser electo ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se necesita:Los nombramientos de los Ministros deberán recaer preferentemente entre aquellas personas que hayan servido con eficiencia, capacidad y probidad en la impartición de justicia o que se hayan distinguido por su honorabilidad, competencia y antecedentes profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica.* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * *OA