Martes, 19 de Noviembre 2024
México | supremacía constitucional

Reforma de supremacía impide interpretación de jueces: Ignacio Mier

Este artículo señala expresamente que la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo, dice el vicecoordinador de Morena en el Senado

Por: SUN .

Ignacio Mier Velazco subrayó que el pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno. SUN

Ignacio Mier Velazco subrayó que el pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno. SUN

El vicecoordinador de Morena en el Senado, Ignacio Mier Velazco, celebró la aprobación de las reformas a los artículos 105 y 107 de la Carta Magna que establecen la improcedencia de controversias o acciones de inconstitucionalidad, que intenten controvertir reformas que el Congreso de la Unión por mayoría de dos terceras partes de sus integrantes apruebe a la Constitución.

"No estamos violentando nada, le estamos dando mayor fuerza explícita a la Ley de Amparo para que no quede sujeto a interpretación, como ha venido sucediendo de manera, digamos, alevosa y en defensa de ciertos intereses por parte de algunos magistrados y jueces, es un paso legislativo legítimo para asegurar la plena división de poderes que evite los excesos y abusos de un Poder Judicial, que se extralimita, invadiendo atribuciones que le corresponden constitucionalmente al Poder Legislativo", aseguró. 

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Destacó que en el origen de la reforma constitucional a dichos artículos encontramos, por un parte, reafirmar el espíritu primario de garantizar la supremacía de la Constitución Política y, por otra, al tiempo de garantizar los derechos humanos a todas las personas mexicanas, también se reafirma que las reformas constitucionales, en tanto sean aprobadas por dos tercios de legisladores federales y más del 50 por ciento de legisladores estatales, expresan la voluntad popular que obliga claramente el artículo 39 de la Carta Magna.

Ignacio Mier explicó que este artículo señala expresamente que la soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo, pues el poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste.

Subrayó que el pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.

"No se requiere más que revisar sus últimas sentencias y fallos, basadas en interpretaciones a normas reglamentarias, o sobre el procedimiento legislativo. Ejemplos, la sentencia de una sala con la asistencia de solo dos ministros para declarar la inconstitucionalidad de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica por encima del fallo de la Suprema Corte, o los amparos a diversas leyes atendiendo solo a las formas y no al fondo", señaló.

"Parece cómico, pero en esta tenaz disputa del PRIAN por preservar los privilegios y espacios judiciales en favor de intereses y componendas económicas, construidas durante dos décadas".

Ignacio Mier recordó que durante el debate sobre la supremacía constitucional, "un desesperado senador del PAN exhibiendo que la ignorancia es atrevida, exigía que la presidenta de la República debería vetar la reforma judicial, cuando cualquier estudiante de Derecho sabe que el veto presidencial a reformas constitucionales nace muerto al ser aprobado por el Poder reformador constituido". 

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"Si Castillo Peraza lo hubiera escuchado lo menos que hubiera sentido es pena ajena y ruborizarse. Digámoslo claramente, el espíritu que ha movido a los juzgadores federales es ser obsequiosos, protegiendo intereses económicos y de grupo. Ni imparten justicia ni están comprometidos con ella", dijo el senador morenista.

Enfatizó que México requiere una justicia al servicio del pueblo con juzgadores independientes y autónomos ajenos a cualquier otro interés, sea de personas o grupos.

Confió en que esta reforma pueda ser promulgada y se ponga fin a excesos del Poder Judicial, que quiso convertirse en el Gran Legislador, por encima de la facultad de los otros Poderes de la Unión. 

EE

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