Viernes, 22 de Noviembre 2024
México | Reforma Judicial

¿Qué significa declarar constitucional la reforma judicial? 

Sin la presencia de las bancadas del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano, senadores oficialistas realizaron la declaratoria constitucional de la reforma judicial

Por: Óscar Ernesto Álvarez Gutiérrez

Ahora le toca al Presidente de México promulgar la reforma en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Con ello, ya entra en vigor. SUN / ARCHIVO

Ahora le toca al Presidente de México promulgar la reforma en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Con ello, ya entra en vigor. SUN / ARCHIVO

La polémica reforma judicial está aprobada en el Congreso de la Unión y por las legislaturas locales necesarias. Ahora sólo falta que el Presidente Andrés Manuel López Obrador la publique en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Pero existen algunas particularidades que aún es necesario considerar

Sin la presencia de las bancadas del PAN, PRI y Movimiento Ciudadano, senadores oficialistas realizaron la declaratoria constitucional de la reforma judicial, luego de que la mayoría de los congresos estatales la ratificaron.

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El presidente de la Mesa Directiva del Senado, Gerardo Fernández Noroña, realizó la declaratoria de reforma constitucional al proyecto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial. Se remite a la Cámara de Diputados para que realice la declaratoria correspondiente.

Previamente, se realizó el escrutinio de los 22 votos emitidos a favor de la reforma judicial por los congresos de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Colima, Durango, Guerrero, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México.

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Sin embargo, al resolver un recurso de queja, un Tribunal Colegiado ordenó suspender la publicación de la reforma judicial en el Diario Oficial de la Federación (DOF) hasta que un juez de Distrito resuelva si concede la suspensión definitiva a una asociación civil que impugnó el dictamen aprobado por el Senado y la Cámara de Diputados.

Declaran constitucional la reforma judicial, ¿Qué significa? 

  • Que los diputados y senadores dieron ayer cumplimiento al Artículo 135 de la Constitución, que indica cómo modificar la Carta Magna. 
  • Los requisitos demandan la aprobación de dos terceras partes de ambas cámaras y que la mayoría de los congresos estatales avale el cambio constitucional. Ambos pasos ya se cumplieron con la reforma judicial.
  • Por lo tanto, los presidentes de las mesas directivas de cada cámara, Sergio Gutiérrez Luna (Diputados) y Gerardo Fernández Noroña (Senado), emitieron la declaratoria. 
  • Ahora le toca al Presidente de México promulgar la reforma en el Diario Oficial de la Federación (DOF), algo que hará mañana. Con ello, ya entra en vigor. 
  • Aunque ayer un juez de Colima ordenó suspender la publicación en el DOF, la senadora Ernestina Godoy, futura consejera jurídica en el Gobierno de Claudia Sheinbaum, señaló que dicho amparo es improcedente.

Con información de SUN

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