El jueves 28 de junio inicia el periodo de “silencio” en las campañas, conocido también como “veda electoral”. A partir de ese día la ley establece que los candidatos no podrán realizar actos de campaña ni colocar o distribuir propaganda electoral, y las encuestadoras no podrán difundir más resultados de preferencia del voto, tres días antes del día de la elección.Además queda prohibida la distribución y colocación de propaganda electoral. Incluso, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) establece que el retiro de la propaganda debe iniciar siete días antes del día de la elección, y tres días antes debe estar completamente retirada. En caso de no quitar su propaganda, el Instituto Nacional Electoral (INE) y los Institutos locales lo harán con cargo al monto de financiamiento público que le corresponde al partido, además de una sanción que puede consistir en multa, amonestación, suspensión o cancelación del registro.Sobre la difusión de resultados de encuestas, la Ley especifica su prohibición hasta la hora del cierre de casillas, para esto prevé los husos horarios de las zonas occidentales del país: no se podrá difundir resultado alguno de preferencia de votos hasta el cierre de todas las casillas.Los actos proselitistas también quedan prohibidos a partir del jueves, por eso los candidatos realizarán sus cierres de campaña el miércoles: