Viernes, 22 de Noviembre 2024

Personal de la FGR podrá ganar más que López Obrador

La dependencia publicó en el Diario Oficial de la Federación el manual que regula las remuneraciones salariales de sus trabajadores

Por: SUN

El personal podría tener un sueldo superior a 108 mil pesos mensuales, que es lo que percibe López Obrador. SUN/B. Fregoso

El personal podría tener un sueldo superior a 108 mil pesos mensuales, que es lo que percibe López Obrador. SUN/B. Fregoso

Salvo que sus tareas sean especializadas y técnicas calificadas, el personal de la Fiscalía General de la República (FGR) podrá ganar más que el presidente, Andrés Manuel López Obrador, es decir un sueldo superior a 108 mil pesos mensuales.

La dependencia publicó en el Diario Oficial de la Federación el manual que regula las remuneraciones salariales de los trabajadores de la FGR, que establece, en su artículo octavo, que la suma de las retribuciones que los servidores públicos especializados y calificados obtengan no deben exceder del 50% del sueldo del Ejecutivo federal.

El documento señala que la FGR es un órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio a cargo de perseguir los delitos del orden federal.

El manual clasifica once niveles salariales para el personal operativo, un tabulador especial para el grupo que ocupa plazas de especialidad técnica o profesional, así como para los puestos jerárquicos, considerados servidores públicos de mando superior, mando medio y de enlace de la FGR.

Además, contempla, en su artículo 25, un seguro de gastos médicos mayores para los servidores contratados en puestos especializados y técnicos calificados. "Dependiendo del nivel del servidor público, su cobertura se ubicará en el rango de 74 a 222 veces el valor mensual de la unidad de medida y actualización vigente.

"Dicho seguro, tendrá por objeto solventar, en primer término, los gastos que se generen ante una eventualidad sucedida con motivo del ejercicio de sus funciones o como consecuencia de ellas, un accidente o enfermedad que requiera tratamiento médico, cirugía u hospitalización y, en segundo término, los que sucedan a su cónyuge, hijos, concubina, concubinario aún del mismo sexo, en términos de las disposiciones aplicables", detalla el manual.

JM

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