El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó la Ley de Protección para Personas Defensoras de los Derechos Humanos y Periodistas, en la que se contemplan sanciones que van de seis a cuatro años de prisión y multas equivalentes a 300 días a quienes impidan, repriman u obstaculicen la libertad de expresión.Las nuevas disposiciones establecen la creación del Instituto para Proteger a Periodistas y Defensores de los Derechos Humanos, organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio.Durante la sesión, los miembros de la LXIV Legislatura local, en forma unánime, aprobaron esta ley en la que se tipificaron los delitos contra la libertad de expresión y actividades periodísticas y de defensa de derechos humanos, los cuales se perseguirán por querella.Los diversos grupos parlamentarios en tribuna respaldaron dicha iniciativa. El coordinador de los diputados del PRI, Ricardo Madrid Pérez, destacó las nuevas disposiciones en el Código Penal del Estado, en donde se contemplan las sanciones contra que los impidan el libre ejercicio de la actividad periodística y de derechos humanos.Se contempla que después de los 30 días naturales siguientes a la entrada de vigor de esta nueva ley, la LXIV Legislatura local emitirá la convocatoria pública que deberá ser transparente para designar a las personas que fungirán como consejeros del Instituto para Proteger a Periodistas y Defensores de los Derechos Humanos.Elizabeth Chía Galaviz, diputada del grupo parlamentario del Partido Sinaloense, expuso que desde hace muchos años han condenado las agresiones, amenazas, intimidaciones a periodistas y activistas de derechos humanos, por conocer las funciones que desempeñan.Citó que en las nuevas disposiciones legales que cuando la conducta prevista contra comunicadores o de derechos humanos, provenga de un servidor público en el ejercicio de sus funciones, la penalidad aumentara hasta el doble de lo señalado.JM