Sábado, 23 de Noviembre 2024

Por estos 3 motivos no podrás heredar la pensión ISSSTE a tu familia

Recientemente hubo modificaciones en relación con las pensiones, incluido lo que procede en caso de muerte del pensionado

Por: Carmen Rivera Villaseñor

A partir de este mes entraron en vigor las reformas a la Ley del Seguro Social. ESPECIAL

A partir de este mes entraron en vigor las reformas a la Ley del Seguro Social. ESPECIAL

A algunas personas les gusta tener todo en orden, incluso cuando se trata de su muerte, es por ello que quienes se encuentran afiliados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) deben saber sobre las tres razones por las que no podrán heredar el pago de la pensión a su familia.

La pensión ISSSTE es un derecho de todos los trabajadores que prestaron sus servicios al gobierno al estar contratados de manera formal, y al momento en que llega su retiro laboral perciben un pago mensual acorde a su sueldo y a los años trabajados, pero en caso de fallecer hay razones por las que no se puede heredar dicha pensión.

Desde este mes entraron en vigor las nuevas reformas a la Ley del Seguro Social para garantizar el futuro de las pensiones en México, es por ello que ahora se incluyen tres razones por las que no se podrá heredar el pago de la Pensión ISSSTE a tu familia en caso de estar afiliado y ser pensionado. 

Si el trabajador o el pensionado fallece antes de cumplir seis meses de matrimonio o de estar en una unión civil. 

Cuando el matrimonio o unión civil se haga después de que el trabajador cumpla los 55 años de edad a menos de que fallezca después de un año desde el matrimonio civil. 

Si al casarse o estar en la unión libre recibía una pensión por riesgos del trabajo o invalidez, a excepción que la fecha del fallecimiento ya haya pasado un año desde el matrimonio.

En caso de tener alguna duda sobre la Pensión ISSSTE, principalmente sobre lo que procede en caso de fallecimiento,  los pensionados tienen a su disposición el número telefónico 800 623 23 23, marcando la opción 3, o también pueden escribir un correo electrónico a la dirección atención@pensionissste.gob.mx.

CR

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