Jueves, 05 de Septiembre 2024

Pensión Bienestar: ¿Se puede seguir cobrando si el beneficiario fallece?

Existe un apoyo económico dirigido al auxiliar registrado del beneficiario fallecido

Por: El Informador

La Pensión del Bienestar es un programa social clave en México. EL INFORMADOR/ ARCHIVO.

La Pensión del Bienestar es un programa social clave en México. EL INFORMADOR/ ARCHIVO.

La Pensión del Bienestar es un programa social clave en México, diseñado para apoyar a adultos mayores que enfrentan situaciones de vulnerabilidad. Este año, el apoyo consiste en una pensión bimestral de $6,000 pesos. Sin embargo, surge una pregunta importante: ¿qué sucede con el apoyo en caso de fallecimiento del beneficiario? A continuación, te explicamos el proceso a seguir.

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Cuando un beneficiario de la Pensión del Bienestar fallece, el apoyo se cancela de inmediato, conforme a la normativa del programa. Sin embargo, para apoyar en esta circunstancia, se contempla un apoyo económico denominado "Pago en Marcha". Este apoyo está dirigido al auxiliar registrado del beneficiario fallecido.

¿Qué es el Pago en Marcha?

El "Pago en Marcha" es una ayuda económica equivalente a un mes de pensión, es decir, $3,000 pesos. En el caso de beneficiarios con discapacidad, el apoyo se otorga al padre, madre o tutor legal del fallecido. Si el beneficiario no había designado un auxiliar, el Comité Técnico del Programa evaluará la situación y decidirá si corresponde otorgar este monto.

Según la página oficial del Bienestar, “en caso de fallecimiento de la persona beneficiaria de la Pensión para Adultos Mayores o la Pensión para Personas con Discapacidad, se entregará al adulto auxiliar un apoyo económico denominado Pago de Marcha”.

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Requisitos para recibir el Pago en Marcha

Para que el auxiliar del beneficiario fallecido pueda cobrar el Pago en Marcha, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Informar de inmediato en alguno de los módulos del Bienestar o al número 800 639 4264.
  • Presentar una identificación oficial vigente.
  • Proporcionar el original del acta de defunción y/o constancia médica.
  • Confirmar que el auxiliar no ha recibido ningún pago correspondiente al bimestre del fallecimiento del beneficiario o después de esa fecha.

Este apoyo busca facilitar el proceso en momentos difíciles y asegurar que los recursos se gestionen adecuadamente.

     

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