Domingo, 24 de Noviembre 2024

Pago triple por el 16 de septiembre: qué puedes hacer si no recibes tu pago de acuerdo a la ley

Por el día de la Independencia de México, los empleadores deben pagar un salario triple a sus trabajadores, descubre qué hacer si recibes menos dinero

Por: Luz Borja

La PROFEDET ayuda al trabajador de forma legal ante cualquier conflicto laboral de manera gratuita. EL INFORMADOR/ARCHIVO ESPECIAL/Imagen de José Miguel en Pixabay

La PROFEDET ayuda al trabajador de forma legal ante cualquier conflicto laboral de manera gratuita. EL INFORMADOR/ARCHIVO ESPECIAL/Imagen de José Miguel en Pixabay

El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que las personas que trabajen el lunes 16 de septiembre, por ser un día de descanso obligatorio, deberán recibir, de forma independiente al salario determinado, el doble por el día laborado. Es decir, si una persona gana $400 pesos diarios, al trabajar con normalidad en esta fecha, al final deberá recibir mil 200 pesos, es decir, un salario triple.

Sin embargo, nunca faltan los empleadores que quieren pagar menos de lo justo a sus trabajadores. Por ello, es importante que los empleados se informen sobre las medidas legales que pueden tomar en caso de que esta situación se presente.

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¿Qué hacer si no me quieren pagar lo justo?

Si tu patrón se niega a pagar lo justo por laborar en un día de descanso obligatorio, puedes acudir a Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), este es un órgano que tiene por objetivo proteger los derechos de los trabajadores de la nación, relacionado a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

De esta forma, la PROFEDET ofrece asesoría, asistencia en conciliación y representación jurídica completamente GRATIS.

El personal de la PROFEDET escuchará tu situación y te explicará tus derechos y obligaciones como trabajador. En el caso de conflicto laboral, se llevará un proceso ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) en el que se buscará llegar a una resolución amistosa, sin la necesidad de llegar a un juicio.

Pero si el caso se complica y es necesario llegar a los tribunales, la PROFEDET pondrá a tu disposición la representación de abogados expertos de forma gratuita, que te acompañarán durante todo el proceso.

Puedes contactar a la PROFEDET por medio de los números telefónicos  01800 911 7877 y 01 800 717 2942 o mandar un correo a orientacionprofedet@stps.gob.mx.

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En el caso de acudir de forma presencial a alguna de las sedes de la institución, el organismo señala que en la primera visita los trabajadores deberán presentar la siguiente documentación:

  • Identificación oficial.
  • Nombre de la persona empleadora.
  • Domicilio de la fuente de trabajo.
  • Recibo de nómina, en caso de contar con ellos.
  • Documentos adicionales relacionados con la problemática laboral, en caso de contar con ellos.

¿Cuáles son los días de descanso obligatorio establecidos por la ley?

Estos son los días del año que, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, son de descanso obligatorio:

  • 1ro de enero.
  • Primer lunes de febrero por el día de la Constitución (5 de febrero).
  • Tercer lunes de marzo por el natalicio de Benito Juárez (21 de marzo)
  • 1ro de mayo por el Día del Trabajo.
  • 16 de septiembre por la conmemoración del Grito de Independencia.
  • Tercer lunes de noviembre por el día de la Revolución Mexicana (20 de noviembre).
  • Cada seis años, el 1ro de octubre, por la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
  • 25 de diciembre por la Navidad.
  • Fechas adicionales, determinadas por las leyes federales y locales electorales.

Como trabajador, tienes derecho a descansar estos días y que se te pague tu salario habitual.

Con información de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).

MB

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