La Navidad está por llegar y muchos mexicanos y mexicanas emprenderán una jornada de vacaciones. Y es importante recordar la naturaleza de esta prestación, según la ley, para despejar todos los mitos que existen en torno a ellas y aquí te contamos.Hay que comenzar con mencionar que las vacaciones son un derecho que tienen todos los y las trabajadoras en México y, con la reforma que entró en vigor precisamente este año, estas se extendieron conforme a la antigüedad del colaborador en su centro de trabajo.Es así como cada año llega esta oportunidad y, en algunos casos, se va incrementando. Pero no son eternas, y su vigencia tiene caducidad. En otras palabras, no son acumulables, por lo menos no existe algo que haga referencia esta práctica en la Ley Federal del Trabajo (LFT).Los detalles están descritos en el Artículo 81 de la LFT, que contempla 6 meses, al cumplir un año de trabajo, para que las empresas le condenan las vacaciones a sus empleados.Si no se toman, en términos técnicos, el derecho a tomar las vacaciones se pierde, hasta cumplir un nuevo año. Así que lo aconsejable es que no dejes pasar mucho tiempo y goces de tus días de vacaciones, porque podrías perderlos.* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de WhatsApp * * *OA