
Mariguana: La SCJN rechaza penalizar la posesión simple del enervante
Establecieron que sólo se podrá penalizar si se acredita que el enervante no es para consumo personal

El criterio sobre la posesión simple de la mariguana no es obligatorio, pero puede ser retomado en futuros amparos. EL INFORMADOR/ARCHIVO
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el gramaje máximo de cinco gramos permitido por la ley para consumo mínimo de mariguana.
Con tres votos, los ministros de la Primera Sala consideraron contrario a la Constitución castigar penalmente a quien posea más de cinco gramos para consumo recreativo del cannabis, y establecieron que sólo se podrá penalizar si se acredita que no es para consumo personal.
El criterio no es obligatorio, pero puede ser retomado en futuros amparos que sean promovidos ante jueces federales o en procesos penales en curso.
JM
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