La NOM-037 entró en vigor el pasado martes 5 de diciembre de 2023. Esta norma establece las obligaciones y derechos de empleados y empleadores para la modalidad de teletrabajo. Si tú eres un trabajador a distancia, que acostumbra llevar su laptop a cafés, restaurantes o incluso fuera del estado, de viaje; el empleador podrá rechazarle el trabajo o infundir sanciones.La regulación tiene como objetivo evitar riesgos a la seguridad y la salud asociados a las condiciones en las que se labora en este esquema. Con ese fin, los empleados deberán acreditar sus espacios de trabajo para que cumplan con las características necesarias para desempeñar sus obligaciones laborales. Además de otorgar una dirección específica y establecida, los asalariados deberán entregar fotografías de su lugar de trabajo, en caso de que así lo soliciten los empleadores. La Comisión de Seguridad e Higiene será la encargada de verificar que las condiciones sean adecuadas para esta forma de trabajo. Se establecerá una dirección única y cualquier cambio deberá ser autorizado por el empleador previo aviso. Esto quiere decir que, por ley, habrá menos flexibilidad con respecto a los espacios en los que se puede desempeñar esta modalidad.Para ser considerado dentro de la modalidad de teletrabajo deberás cumplir con más del 40% de tu jornada en esta modalidad a distancia. Por lo que, si tu trabajo abarca menos porcentaje, podrás entrar en este limbo jurídico.La expectativa es que la mayoría de trabajos a distancia busquen este modelo híbrido, ya que cuenta con menos obligaciones a cumplir, tanto para patrones, como para asalariados.* * * Mantente al día con las noticias, únete a nuestro canal de Whatsapp * * *OB