Faltar al trabajo no es una actividad ilegal, pues, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el trabajador tiene derecho a faltar ante una emergencia familia o cualquier imprevisto.De acuerdo con la LFT, el empleado tiene un máximo de 3 faltas injustificadas, pero, de acuerdo con el artículo 47 se toma como causa de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón, si el trabajador tiene más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada.Respecto al pago del aguinaldo, el cual está muy próximo a llegar, hay muchas dudas e incertidumbre, pero, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo indica que todos los trabajadores que tengan una relación subordinada de trabajo tienen derecho al pago del aguinaldo a más tardar el 20 de diciembre.Pero, ¿me pueden quitar el aguinaldo si falto? ¡No! Esto no es posible, pues de acuerdo con lo establecido en la ley, todas las personas que han comenzado una relación laboral, incluso si no han cumplido el año, tienen derecho a recibir la parte proporcional del aguinaldo.Ahora bien, en caso de que se haya solicitado una incapacidad por paternidad o maternidad, también se tiene derecho a recibir aguinaldo, ya que es un permiso que se considera como tiempo efectivamente laborado.MM