Viernes, 22 de Noviembre 2024

¿Qué día de descanso obligatorio cambiará en el 2024?

Un descanso obligatorio del próximo año cambiará de fecha; te decimos cuál será para que no te agarre desprevenido

Por: Oscar Eduardo Bravo Gutiérrez

En el 2024 habrá un ligero cambio en la lista de días feriados oficiales, revisa cuál es EL INFORMADOR / ARCHIVO

En el 2024 habrá un ligero cambio en la lista de días feriados oficiales, revisa cuál es EL INFORMADOR / ARCHIVO

En el próximo año, el panorama de los días de descanso obligatorio experimentará un ligero cambio en México, uno de los días feriados será movido de fecha debido a las elecciones puestas a realizarse en el 2024.

Antes del 2024, el día 1 de diciembre era considerado un día de descanso obligatorio, cada seis años, porque ocurría el cambio de gobierno. Sin embargo, a partir del 2024, este día se trasladará al 1 de octubre. Esta modificación busca adecuar las disposiciones legales y ajustarse a las necesidades del país.

¿Cómo quedan los días de descanso obligatorio?

  • 1 de enero (Año Nuevo).
  • Primer lunes de febrero, por conmemoración del 5 de febrero (Día de la Constitución).
  • Tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Benito Juárez).
  • 1 de mayo (Día del Trabajo).
  • 16 de septiembre (Día de la Independencia).

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  • Tercer lunes de noviembre, por conmemoración del 20 de noviembre (Día de la Revolución Mexicana).
  • 1 de octubre de cada seis años, por la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
  • 25 de diciembre (Navidad).

¿Qué pasa si trabajo en alguno de estos días?

En días de descanso obligatorio, los trabajadores asalariados tienen derecho a recibir un salario doble por los servicios prestados. Si el descanso obligatorio cae en domingo, el empleador debe cubrir el pago de la prima dominical, según lo establecido en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). En este caso, los trabajadores recibirán el triple del salario por trabajar en un día festivo, más la prima dominical.

Si encuentras resistencia por parte de tu empleador para cumplir con estas disposiciones legales, te sugerimos asesorarte en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) a través de sus canales de contacto:

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